Destrozos en capilla de Villa Guerrero causan indignación
- Laura Velásquez Ramírez
- 26 diciembre, 2025
- Municipios
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Villa Guerrero, Méx.- Un sujeto ingresó a la capilla de María Niña y San Isidro Labrador, ubicada en la comunidad de San Isidro, en el municipio de Villa Guerrero; y presuntamente le prendió fuego de manera intencional a la imagen de María Niña, hecho que provocó indignación entre la comunidad.
“Fue en plenos festejos navideños cuando ocurrió el hecho que dejó consternada a la comunidad”, así lo destacó el párroco Israel García Tapia quien, a través de un comunicado informó a la población lo que aconteció y, al mismo tiempo lamentó el acto de vandalismo.
“Hasta dónde puede llegar el odio y la incomprensión de la gente, la falta de información y el racismo religioso. Hoy por la mañana, una persona de mala voluntad ingresó al interior de nuestra capilla e incendió intencionalmente la imagen de María Niña, no quiero culpar a nadie personalmente, pero si hago un llamado al respeto”, compartió.
El clérigo subrayó que la Parroquia de María Niña y San Isidro Labrador está debidamente registrada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, de la Secretaría de Gobernación, por lo que dicha situación será informada ante las autoridades.
“Pido a la población seamos más críticos y respetuosos hoy intentaron quemaron la imagen más sagrada de nuestra capilla a la Inmaculada Niña, que acompañó a este pueblo de San Isidro. Pido solo respeto”, subrayó.
Cabe destacar que, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público obliga a las asociaciones religiosas a preservar en su integridad los bienes destinados al culto, lo que implica que quienes atenten contra la integridad o conservación de tales bienes pueden ser sujetos a sanciones administrativas y a investigaciones penales conforme a otras leyes aplicables.
En tanto, el Código Penal Federal o los códigos penales locales contemplan daño, destrucción o deterioro de propiedad ajena, lo cual puede alcanzar templos o imágenes religiosas como bienes materiales.
Si el inmueble o la imagen religiosa tienen valor histórico, artístico o cultural, también pueden ser sancionados bajo la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, con penas severas de prisión y multas por dañar bienes del patrimonio.





