Analizarán en Congreso propuesta de Ley de Cuidados enviada por Delfina Gómez

Toluca, Méx.- Será analizada en la LXII Legislatura mexiquense la propuesta de Ley del Derecho al Cuidado Digno del Estado de México y sus Municipios enviada por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, cuyo fin es establecer las disposiciones jurídicas y criterios constitucionales e institucionales para respetar, promover, proteger y garantizar el derecho de todas las personas al cuidado digno, a partir de un Sistema Integral de Cuidados y Apoyos, así como un Consejo de Cuidados estatales. Dicha iniciativa, define los cuidados como los procesos, relaciones, servicios, bienes, apoyos, acciones y actividades necesarias para la atención, sostenimiento, protección, acompañamiento, inclusión, desarrollo y bienestar integral de las personas, así como para la sostenibilidad de la vida diaria, al tiempo de reconocerlos como una necesidad, un derecho y un trabajo.

El diputado Octavio Martínez Vargas, dio lectura a dicho documento que señala que actualmente muchas acciones de cuidado son invisibilizadas por no considerarse productivas en términos económicos, y que históricamente han sido asumidas por mujeres bajo la lógica de los roles tradicionales de género que les atribuyen la responsabilidad de lo doméstico y lo afectivo. Y que, de acuerdo a datos oficiales, las mujeres dedican en promedio 39.7 horas semanales al trabajo doméstico y de cuidados no remunerado, mientras que los hombres destinan solo 18.2.Y que el valor económico del trabajo no remunerado en los hogares fue de 8.4 billones de pesos en 2018, de los cuales la mayor parte fue aportada por mujeres.

Puntualiza que esto evidencia que el trabajo doméstico y de cuidados tiene un peso económico considerable y debe ser valorado como tal.Asimismo, la iniciativa considera el derecho humano al cuidado digno y corresponsable como un bien fundamental inherente a toda persona sin distinción de edad, sexo, identidad o expresión de género, orientación sexual, condición física, mental, psicosocial o sensorial, situación de discapacidad, estado de salud, embarazo, origen étnico o nacional, condición de movilidad, situación socioeconómica, nivel educativo, religión, residencia o cualquier otra condición o circunstancia.

El planteamiento distingue las modalidades de cuidado en remuneradas, no remuneradas y comunitarias; sus tipos en básicos y cotidianos, intensos y extensos, especializados e indirectos; y sus dimensiones en el acto de cuidar, recibir cuidados y el autocuidado.Para las personas cuidadoras —remuneradas o no, profesionales o comunitarias, que realizan estas labores de manera directa o indirecta— se plantea garantizar su derecho al reconocimiento social, al apoyo estatal, al acceso a servicios públicos, a la formación, al descanso y al autocuidado, así como a condiciones de vida dignas que les permitan desempeñar su labor sin afectar su bienestar físico, emocional, económico, familiar o social.

En cuanto al sistema, el documento expone que constituye el conjunto articulado de políticas públicas, programas, normativas, instituciones, infraestructura, servicios y mecanismos operativos y de participación, orientados a garantizar el ejercicio pleno del derecho al cuidado digno y corresponsable para todas las personas que habitan en el territorio estatal, conforme a los principios, enfoques y criterios establecidos en esta ley. Se contará con un sistema de indicadores para el monitoreo, seguimiento y evaluación de su actuar.Se trata de una red integral e intersectorial que articula acciones a través de los tres poderes del Estado, los organismos autónomos y los gobiernos municipales, incluyendo a sus organismos auxiliares y con la participación corresponsable de la sociedad civil, las comunidades y el sector privado.

Su finalidad es asegurar el acceso efectivo al cuidado en sus tres dimensiones fundamentales: el derecho a cuidar, el derecho a recibir cuidados y el derecho al autocuidado, a lo largo del ciclo de vida y en función de las condiciones específicas de cada persona.Respecto al consejo, se plantea como el máximo órgano de toma de decisiones para el cumplimiento de los objetivos del Sistema, que se integrará por diversas dependencias del Ejecutivo, y por personas representantes de los poderes Judicial y Legislativo.

Y elaborará el programa estatal de cuidados en el marco del Sistema de Planeación Democrática y conforme a lo establecido en esta ley, en la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, y en armonía con el Plan de Desarrollo del Estado de México. En síntesis, con esta iniciativa se quiere promover la retribución económica, remuneración justa, reconocimiento social, protección laboral y acceso a la seguridad social para todas las personas que realizan trabajo de cuidados, remunerado o no, formal o informal, incluyendo en ello esquemas compatibles con la diversidad de vínculos, entornos y formas organizativas existentes en el territorio mexiquense.