SCJN actualiza criterio para la interrupción legal del embarazo
- Saulo M
- 20 abril, 2026
- Nacional e Internacional
- Emabrazo, ILE, Interrupción del EMbarazo, México
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Ciudad de México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que, a través del juicio de amparo, ya se podrán ordenar acciones concretas para que las autoridades de salud garanticen los servicios accesibles, seguros y sin discriminación en los estados donde ya está despenalizado el aborto antes de las 12 semanas (dependiendo de cada Estado de la República Mexicana) y sus leyes locales.
El Pleno señaló que, en las sentencias de amparo, se pueden incluir medidas generales para eliminar las barreras que impiden ejercer el derecho a las mujeres a decidirlo.
Cabe hacer mención de que el punto clave de esto, es que, el principio de relatividad de las sentencias (es decir, que los efectos del amparo solo protegen a quienes lo promueven) no impide que, cuando se promueven juicios a través del interés legítimo, se ordenen medidas con efectos más amplios.
La diferencia de esta actualización en la ley, radica en que el interés jurídico protege afectaciones directas y personales, mientras que el interés legítimo permite reclamar problemas estructurales que afectan a un grupo o colectivo.
En consecuencia, las resoluciones podrán beneficiar también a otras mujeres y personas gestantes que enfrenten condiciones similares, todo bajo control médico de manera responsable y prudente ante las circunstancias de cada caso particular.





