SAT aclara que no es obligatorio entregar la Constancia de Situación Fiscal para facturar

Foto: Jaime Arriaga

Toluca, Méx.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a contribuyentes, empleadores y prestadores de servicios que no es obligatorio exigir la Constancia de Situación Fiscal (CSF) para la emisión de una factura electrónica (CFDI), y advirtió que condicionar la expedición de una factura a la entrega de dicho documento constituye una infracción sancionable.

Así lo informó María de Lourdes Iglesias Chávez, Administradora Desconcentrada de Toluca 1 del SAT, quien explicó que la legislación fiscal vigente establece claramente que nadie puede negar o condicionar una factura bajo el argumento de que no se presentó la CSF.

“Los trabajadores no tienen la obligación de entregar la constancia de situación fiscal. Incluso, en algunos casos, se les ha negado la contratación por no llevarla consigo, lo cual es incorrecto”, señaló la funcionaria.

Acompañada de Eleuterio Ochoa de la Cruz se desempeña como Administrador Desconcentrado de Recaudación de México “1”, así como Bruno Manuel Ibarra Reyes, Administrador Desconcentrado de Recaudación de México “2”, la funcionaria detalló que, en el caso de personas asalariadas, los patrones cuentan con la ficha de trámite 244, mediante la cual pueden realizar la inscripción de trabajadores directamente en el portal del SAT, sin necesidad de solicitar la constancia al empleado. Por ello, enfatizó que los empleadores no deben condicionar la contratación ni la facturación a la entrega de este documento.

Iglesias Chávez advirtió que quienes incurran en esta práctica pueden ser acreedores a multas que van de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos, conforme a lo establecido en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, el cual prohíbe expresamente condicionar la emisión de comprobantes fiscales a la entrega de documentos adicionales.

“En términos simples, la ley dice que nadie puede reservarse la emisión de una factura a cambio de que le entreguen la constancia”, puntualizó.

La funcionaria aclaró que, con la versión 4.0 del CFDI, únicamente se validan cuatro datos para emitir una factura: Registro Federal de Contribuyentes (RFC); Nombre o razón social; Código postal del domicilio fiscal; Régimen fiscal.

Estos datos se encuentran en la Cédula de Datos Fiscales y también pueden consultarse directamente en el portal del SAT, ingresando únicamente el RFC del contribuyente.

Otro de los puntos que ha generado confusión entre la ciudadanía es la supuesta vigencia de la Constancia de Situación Fiscal. Al respecto, Iglesias Chávez resaltó: “La constancia no pierde vigencia por el simple hecho de haber sido emitida en un año anterior. Solo se actualiza cuando el contribuyente modifica alguno de sus datos, como domicilio fiscal, CURP, nombre o régimen fiscal”.

Es decir, si no ha habido cambios en la información del contribuyente, la constancia sigue siendo válida, sin importar la fecha de impresión que aparezca en el documento.

El SAT también subrayó que la CSF contiene datos sensibles, como domicilio y actividad económica, por lo que no es necesario compartirla para fines de facturación. Precisamente por esta razón, la autoridad fiscal limitó los datos obligatorios a los cuatro ya mencionados.

Finalmente, exhortó a la ciudadanía a denunciar ante el SAT a los empleadores o negocios que se nieguen a emitir facturas o las condicionen a la entrega de la constancia, a través del portal oficial.

El SAT informó que la CSF está disponible para Personas morales: Portal del SAT (sat.gob.mx), con Contraseña o e.firma vigente. Personas físicas: Aplicación SAT Móvil, con descarga permanente; SAT ID, con envío mensual al correo electrónico; Oficina Virtual, mediante cita en citas.sat.gob.mx y selección del servicio “Entrega de Constancias”; Oficinas del SAT, sin cita, presentando identificación oficial vigente o mediante huella digital.

Con esta información, el SAT busca evitar abusos, desinformación y malas prácticas que afectan a contribuyentes y trabajadores, reiterando que la emisión de facturas es un derecho y una obligación que no debe estar sujeta a requisitos indebidos.