SCJN revoca amparos contra la Ley Minera

Ciudad de México.- Con una mayoría de siete votos contra dos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió revocar dos amparos promovidos contra la Ley Minera, que en su artículo quinto transitorio ordena desechar todas las solicitudes de nuevas concesiones presentadas antes de su promulgación en 2023.

En el amparo en revisión 583/2024, un particular impugnó la norma alegando que había iniciado el trámite para obtener una concesión minera en 2021, por lo que reclamó la aplicación retroactiva de la ley en su perjuicio. Sin embargo, la Corte concluyó que no existía un derecho adquirido, sino únicamente una expectativa de derecho.

“Las personas que presentaron una solicitud de concesión antes de la entrada en vigor del decreto reclamado no tenían un derecho adquirido a que se les otorgara la concesión, sino una expectativa de derechos respecto de la entrega justamente de ese título de concesión”, explicó la ministra ponente Lenia Batres Guadarrama, autora de los proyectos aprobados.

Este análisis representa la primera resolución de la nueva integración del Máximo Tribunal sobre una de las leyes impulsadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, aprobadas la madrugada del 28 de abril de 2023, en lo que fue denominado “El Viernes Negro”.

Durante la discusión, el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, descartó que el quejoso pudiera alegar violaciones al principio de deliberación democrática. “Estamos frente a una reforma aprobada por urgente y obvia necesidad. El quejoso no es legislador ni partido político, por lo que no puede reclamar un agravio de esa naturaleza”, sostuvo.

Tras más de una hora de debate, el Pleno aprobó el primer proyecto con siete votos a favor y dos en contra. El segundo asunto, relacionado con el amparo en revisión 123/2025, fue aprobado sin discusión.

En una tarjeta informativa, la ministra Batres precisó: “Desechar estas solicitudes no significa una aplicación retroactiva de la ley, pues el hecho de presentar una solicitud no implica que se otorgue algún derecho”.

Con esta resolución, la Suprema Corte refrenda la constitucionalidad de la reforma a la Ley Minera y de otras normas federales en materia de actividades extractivas, validando la decisión de desechar todas las solicitudes de concesiones presentadas antes de la entrada en vigor de la reforma de 2023.