Avala SCJN derecho al aborto por violación sin denuncia

Ciudad de México.- Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación respaldó la modificación que la Secretaría de Salud realizó a la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM-46), que ordena a todos los hospitales públicos a practicar abortos a mujeres en casos de violación sin necesidad de que las victimas hayan presentado una denuncia penal por los hechos.
De esta manera, con nueve votos a favor, el Pleno del Máximo Tribunal del país desechó dos controversias constitucionales promovidas por el Poder Legislativo de Aguascalientes (45/2016) y el Poder Ejecutivo de Baja California (53/2016), que buscaban frenar el cumplimiento de dicha norma al considerar que las modificaciones se realizaron sin respetar sus competencias locales.
Las entidades habían argumentado violaciones de procedimiento en la reforma a la NOM, esto porque ha establecido que basta la declaración bajo protesta de decir verdad de la mujer o adolescente afectada para que el hospital o clínica queden obligados a realizar el aborto, sin intervención del Poder Judicial.
Por otra parte, se quejaron de que existe una invasión a las facultades de sus congresos estatales, pues afirman que el Gobierno Federal legisló en materia de delitos del fuero civil como patria potestad y limitó la intervención de padres o tutores sólo en casos de niñas o personas gestantes menores de 12 años.
Sin embargo, en su proyecto de sentencia el ministro Aguilar Morales determinó reconocer la validez de las modificaciones a la NOM que habla de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, mismas que aseguró estuvieron apegadas a los lineamientos previstos en la Ley General de Víctimas de 2013.
El ministro Arturo Zaldívar fue uno los que votaron a favor de la modificación a la NOM 046, al considerar que “fue emitida por una autoridad competente, no invade competencias locales en materia penal, patria potestad, y aplica correctamente el principio de buena fe con que actúan las víctimas”.
“Obligar a las mujeres o niñas a llevar a término el embarazo producto de una violación implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad, además de ser revictimizante y una forma de violencia de género”, agregó.
Desde agosto de 2019 la Corte discutió proyectos del ministro Jorge Pardo, quien propuso invalidar la reforma a la NOM porque no se cumplió el procedimiento previsto en la Ley Federal de Metrología y Normalización para los cambios en este tipo de regulaciones.