IFT no dará prórroga para registro de telefonías con CURP

Ciudad de México.- De acuerdo con las disposiciones vigentes por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), todos los usuarios de servicios de prepago y pospago deben vincular su número telefónico con su CURP antes de la fecha límite establecida (fijada para el cierre del primer semestre del 2026).

Esta disposición, responde a una estrategia de seguridad nacional que tiene el objetivo de mitigar delitos como la extorsión y el fraude, pues, de acuerdo a lo establecido en las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el objetivo primordial es poder crear un padrón confiable que coadyuve con las autoridades de seguridad y justicia.

No obstante, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) reitera que el uso de la CURP certificada es el único mecanismo válido para asegurar que la titularidad de la línea sea auténtica y verificable.

De acuerdo con las políticas de cumplimiento de Telcel (América Móvil) y las directrices del Gobierno de México, el proceso de restricción se ejecuta de la siguiente manera:

Suspensión inmediata de servicios: Al cumplirse la fecha límite, las operadoras proceden a la interrupción de la señal. Según los términos de servicio de Telcel, esto incluye la imposibilidad de realizar llamadas, navegar por internet móvil o enviar mensajes de texto (SMS).

Baja del número y pérdida de saldo: De acuerdo con la normativa del IFT, si la línea no es regularizada en el periodo de gracia posterior a la suspensión, el número telefónico se cancela definitivamente (lo que provoca la pérdida de cualquier saldo acumulado o plan contratado).

Bloqueo de la identidad digital: Debido a que el número celular funciona como llave de acceso para la banca móvil y aplicaciones gubernamentales, la falta de registro impide recibir códigos de verificación (OTP), afectando el acceso a servicios financieros protegidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

Imposibilidad de trámites de portabilidad: El Gobierno de México indica que no se puede realizar el cambio de compañía (portabilidad) si la línea no está debidamente identificada (quedando el trámite bloqueado hasta que se cumpla con la validación de la identidad).

Para evitar la desconexión, los usuarios deben completar el trámite a través de los canales oficiales de sus respectivos proveedores de servicios. De acuerdo con el portal oficial del Gobierno de México (gob.mx), el procedimiento requiere cumplir con la validación de la CURP, ya que resulta necesario contar con la Clave Única de Registro de Población impresa y actualizada (la cual puede consultarse directamente en el portal de RENAPO).

El registro en centros de atención, por ejemplo, en el caso de la compañía Telcel, el registro puede hacerse de forma presencial en los Centros de Atención a Clientes (CAC) o mediante sus plataformas digitales oficiales (App Mi Telcel).

La captura de datos del titular, debe asociarse el nombre completo, dirección y la clave oficial al número de la tarjeta SIM (módulo de identidad del suscriptor).

Por su parte, las autoridades han sido muy enfáticas al señalar que “no habrá prórroga” para los usuarios generales, por lo que el registro debe concluirse antes del vencimiento para garantizar la continuidad de la comunicación.