SCJN aprueba modificar acta de nacimiento

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes, eliminar las notas marginales sobre el estado civil (matrimonio o divorcio) en las actas de nacimiento. Se determinó que incluir estos datos es inconstitucional, al vulnerar el derecho a la privacidad, igualdad y no discriminación, ordenando que las copias certificadas no expongan dicha información personal.

A resaltar, ya no será obligatorio mostrar el estado civil, es decir, las anotaciones de divorcio o matrimonio, en las actas de nacimiento

No obstante, es importante mencionar que, el caso inició en Jalisco, la resolución de la SCJN sienta un precedente de alcance nacional, impidiendo que el Registro Civil exija exponer este dato

Esta determinación se da a partir de que la Corte consideró que las personas no deben ser discriminadas ni obligadas a revelar su estado civil en documentos de identidad básicos, protegiendo su derecho a la protección de datos personales.

Esta medida permite a los ciudadanos solicitar sus actas de nacimiento sin anotaciones marginales que detallen su situación conyugal previa o actual.