Poder Judicial concede amnistía a indígena otomí, tras 13 años en prisión
- Ventura Rojas Garfias
- 17 febrero, 2026
- Estado de México
- amnistía, EdoMéx, indígena, Otomí, Poder Judicial, Principales, Toluca
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Foto: Jaime Arriaga
Toluca, Méx.- En sesión, la Sala de Asuntos Indígenas del Poder Judicial del Estado de México autorizó la amnistía a favor de Tomás Crisanto, indígena otomí que estuvo encarcelado cerca de 13 años, con una condena de 44 años por el delito de homicidio.
En la sesión, la presidenta de la Sala de Asuntos Indígenas, Erika Icela Castillo Vega, dio a conocer la viabilidad jurídica de conceder la amnistía, correspondiente al expediente 3/2025, que representa la tercera resolución favorable emitida por la Sala.
La solicitud de amnistía para otorgar la libertad a Tomás, originario de la comunidad de Jiquipilco El Viejo, municipio de Temoaya, y hablante de lengua otomí, fue presentada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM), respecto de una sentencia condenatoria dictada en mayo de 2014, en la que se le declaró responsable del delito de homicidio cometido con ventaja.
Por su parte, el presidente del Poder Judicial del Estado de México, Héctor Macedo García, reafirmó el compromiso institucional para que la Ley de Amnistía se convierta en una realidad tangible para quienes han enfrentado procesos judiciales en condiciones de vulnerabilidad.
Macedo García reconoció que la Ley de Amnistía del Estado de México se encuentra actualmente en debate en el Congreso local y expresó su confianza en que las y los legisladores realizarán un análisis sensible y responsable para fortalecerla.
Ahí, el presidente del Poder Judicial hizo referencia a luchas sociales que han marcado precedentes en la búsqueda de justicia, aludiendo a historias personales que dieron origen a resoluciones jurisdiccionales con enfoque de sensibilidad y derechos humanos.
Entre los elementos que se consideraron para otorgar la amnistía se encuentran el pronunciamiento de la CODHEM, que acreditó que el sentenciado es hablante de lengua otomí y que durante el proceso penal no contó con un intérprete que le permitiera comprender plenamente los alcances del procedimiento y ejercer adecuadamente su defensa.
También se tomó en cuenta la opinión de una experta en psicología, quien señaló que el acusado enfrentó múltiples formas de violencia que pudieron vulnerar sus derechos humanos.
Asimismo, se consideró que el beneficiario ya cubrió la reparación del daño material, el pago de la multa en septiembre de 2025 y el daño moral en octubre del mismo año; además, no es reincidente.





