SCJN desecha amparo de Elektra y deja firme deuda fiscal por más de 33 mil mdp
- Fernanda Medina González
- 13 noviembre, 2025
- Nacional e Internacional
- Elektra, México, Ricardo Salinas, SCJN, Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este jueves un amparo promovido por Grupo Elektra, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, contra el pago de un crédito fiscal de 33,306 millones 476,349 pesos determinado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por unanimidad de votos, la nueva integración del máximo tribunal aprobó el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, quien dio la razón al SAT y concluyó que el amparo de Elektra carecía de fundamentos para frenar la resolución fiscal.
Con esta decisión, la Corte dejó firme la sentencia que obliga a la empresa a cubrir el crédito fiscal más grande que enfrenta el consorcio de Salinas Pliego en litigio.
El adeudo deriva de la falta de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de diversas multas, recargos y actualizaciones, según determinaciones previas de la autoridad hacendaria. El monto ha sido disputado por años por Elektra, que ha interpuesto recursos legales para impugnarlo sin éxito.
Previo a la discusión del caso, la SCJN resolvió otro asunto clave: declaró infundado el impedimento que impedía a la ministra Lenia Batres participar en votaciones relacionadas con empresas o asuntos personales de Salinas Pliego.
La integración anterior de la Corte había determinado que Batres debía abstenerse por dudas sobre su imparcialidad debido a publicaciones que realizó en redes sociales entre 2020 y 2021. En ese contexto, la ministra fue excluida de la votación de otro recurso de Elektra y de un amparo personal del empresario relacionado con una investigación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Sin embargo, en esta ocasión, el Pleno concluyó que no existían elementos objetivos para mantener el impedimento.
“Las expresiones atribuidas a la ministra Batres son anteriores no solo al inicio de sus funciones como ministra, sino también al momento en que el asunto fue del conocimiento de este Tribunal Constitucional. En consecuencia, no existe elemento objetivo que permita vincular dichas manifestaciones con el ejercicio de su función jurisdiccional”, señala la sentencia.
Con el amparo desechado y el impedimento levantado, la resolución confirma el criterio de la Corte de que Elektra debe pagar el crédito fiscal, un litigio que ha sido uno de los más relevantes en la relación entre el gobierno federal y el consorcio de Salinas Pliego.




