Sancionarán en Neza la quema de cohetes el próximo día 15 de septiembre
- Eduardo Muñoz
- 12 septiembre, 2024
- Municipios
- 15 de septiembre, Fiestas Patrias, Neza, Nezahualcóyotl
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Nezahualcóyotl, Méx.- Con la finalidad de prevenir accidentes entre los habitantes derivado de la quema de pirotecnia durante los festejos patrios, que en muchas ocasiones tienen graves consecuencias para la población, en especial niñas y niños, adultos mayores y mascotas, así como el medio ambiente, el Bando Municipal estipula claramente que se prohíbe vender, encender, manipular, detonar y/o usar fuegos artificiales, juguetería pirotécnica o cohetes en la vía pública sin la autorización de la autoridad competente.
Así lo informó Vicente Ramírez García, titular de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, quien hizo un llamado para no utilizarlos este 15 de septiembre.
El funcionario señaló que por medio de una campaña en redes sociales que se difunde por medio de la página oficial del Gobierno Municipal de Nezahualcóyotl, se hizo un llamado a la población para no quemar pirotecnia dentro de sus viviendas y en calles de la localidad, ya que ésta contiene sustancias químicas inflamables y tóxicas, además de que su uso ocupa el segundo lugar de accidentes en México.
En ese sentido, resaltó que estos accidentes en muchas ocasiones derivan en graves consecuencias para la salud, como quemaduras, desgarres de ligamentos, pérdida de alguna extremidad, lesiones en los ojos, daño a las vías respiratorias e incluso la muerte, debido a su uso inadecuado e imprudente, siendo principalmente niñas, niños y personas adultas mayores, así como mascotas, quienes se encuentran en mayor riesgo.
Ramírez García recordó que quienes detonen o enciendan cohetes, juegos pirotécnicos o fogatas sin el permiso de la autoridad municipal y/o que aun teniéndolo, pongan en peligro o molesten a los habitantes o transeúntes del lugar, podrían hacerse acreedores a una multa de 20 a 40 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización Vigente y/o arresto de 12 a 18 horas que podrán ser conmutables por 6 a 12 horas de trabajo en favor de la comunidad, como lo señala el artículo 195, fracción IV del Bando Municipal.
Refirió que en el citado artículo se estipula que está prohibido vender, encender, manipular, detonar y/o usar fuegos artificiales, juguetería pirotécnica o cohetes en la vía pública sin la autorización de la autoridad competente, y los infractores podrían ser acreedores a las sanciones descritas anteriormente.
Afirmó que además la quema de estos artefactos contamina el medio ambiente, no solo por los daños a la atmósfera, sino que también genera una gran cantidad de desperdicios que no se pueden reciclar, mismos que además, al solidificarse, si no se recogen de las calles cuando se presentan las lluvias, el agua las arrastra hasta las alcantarillas, se tapan y esto provoca inundaciones.