POLÍTICA AMBIENTAL
- Luis Eduardo Mejia Pedrero
- 29 julio, 2024
- Columnas
- Agua, Ambiente, Derecho
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Por: Ing. Luis Eduardo Mejía Pedrero
CATORCE AÑOS DE LA DECLARACIÓN DEL DERECHO HUMANO AL AGUA
Con anterioridad ya nos habíamos referido en esta columna al Derecho Humano al Agua. Sin embargo, es necesario reiterar sobre el tema para mantenerlo en la conversación ciudadana y gubernamental pues este domingo 28 de julio se cumplieron catorce años de la resolución A/RES/64/292 que menciona que todo ser humano tiene el derecho al agua potable bajo las siguientes condicionantes, destacando que el servicio no es gratuito.
Disponibilidad. El suministro de agua para cada persona debe ser suficiente y continuo para cubrir los usos personales y domésticos, que comprenden el agua para beber, lavar la ropa, preparar los alimentos y la higiene personal y del hogar, indicando que no es necesario que el suministro sea diario, siempre y cuando la dotación por persona al día sea de 100 litros.
Accesibilidad. Las instalaciones de agua y saneamiento deben ser físicamente accesibles y estar al alcance de todos los sectores de la población, teniendo en cuenta las necesidades de grupos particulares, como las personas con discapacidad, las mujeres, los niños y las personas mayores. Mencionando que no es del todo necesario que las redes de suministro lleguen a todas las viviendas.
Asequibilidad. Los servicios de agua deben ser alcanzables para todos en materia económica. El pago de esos servicios no debería limitar la capacidad de las personas para adquirir otros bienes y servicios básicos garantizados por los derechos humanos.
Calidad y seguridad. El agua para uso personal y doméstico debe ser segura y estar libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una amenaza para la salud de las personas.
Aceptación. Todas las instalaciones de agua y saneamiento deben ser culturalmente aceptables y apropiadas, y sensibles a los requisitos de género, ciclo de vida y privacidad.
A través de una reforma al párrafo sexto del artículo 4o., publicada el 8 febrero de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, se elevó a rango constitucional el derecho humano al agua y saneamiento, dicho precepto a la letra dice: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades 6 federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
Pero ¿por qué no se ha aplicado cabalmente por las autoridades gubernamentales? Desde luego que el factor económico es relevante pues al no pagar los usuarios por el servicio, hay descapitalización de los organismos operadores y tampoco se pueden dar subsidios a los que tienen baja capacidad de pago. Sin embargo, el mayor obstáculo es la falta de reglamentación sobre lo indicado en el artículo 4 constitucional, lo que impide a las autoridades tener un marco legal de actuación.
Para complicar más la situación, en lugar de elaborar normatividad específica en materia de agua potable y saneamiento, que pueda ser anexada a las leyes vigentes, diversos grupos han propuesto la expedición de una Ley General del Agua, que sustituya a la vigente Ley de Aguas Nacionales, generando más de 35 propuestas diferentes que están entrampadas en el Congreso de la Unión. Propuestas hay, metodologías técnicas existen. Solo hace falta la voluntad de los políticos. Está por terminar la actual administración federal, veremos cuál es la posición sobre el tema de la nueva presidenta Claudia Sheinbaum, pues se ha perdido mucho tiempo en el tema con las indefiniciones.
PIENSA GLOBALMENTE, ACTÚA LOCALMENTE
Las presas del Sistema Cutzamala se han recuperado levemente con las presentes lluvias. Villa Victoria, Valle de Bravo y El Bosque tienen un 24 30 y 41 por ciento respectivamente de llenado. Siguen estando bajas y no se vislumbra su recuperación total por lo que seguirán las restricciones del suministro a Toluca, municipios del Valle de México y la Ciudad de México. Recuerden #SalvemosOjuelos.
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