Inició Tercera Época para la emisión de criterios de interpretación del INFOEM
- Sergio Nader Ortega
- 5 abril, 2024
- Estado de México
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Toluca, Méx.- El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM), inició la Tercera Época para la emisión de criterios de interpretación, a fin de brindar mejores resoluciones para garantizar dos derechos humanos de la población.
El organismo autónomo, también realizó la emisión de nueve criterios correspondientes a esta nueva época, cuya finalidad es despejar dudas y dar sentido a las diversas disposiciones jurídicas en la materia, a fin de determinar los alcances y efectos de cada caso a resolver, a fin de brindar mejores resoluciones para garantizar dos derechos humanos de la población.
Durante la 11ª Sesión Ordinaria del Pleno, se señaló que los criterios aprobados tienen el carácter de reiterados y serán obligatorios para quienes integran el instituto y para todos los sujetos obligados del territorio mexiquense; los cuales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
Por otra parte, durante esta sesión, las y los comisionados expusieron el sentido de sus votos, con respecto a los distintos proyectos de resolución a recursos de revisión.
En este sentido, se emitió un voto particular a un recurso de revisión, tras señalar que debe eliminarse la salvedad otorgada al sujeto obligado, para pronunciarse en el supuesto de que no cuente con documentos que acrediten el último grado de estudios de personas servidoras públicas que ocupan cargos en la administración actual, derivado de un proceso de elección popular, ya que conocer dicha información favorece la transparencia y la rendición de cuentas.
Cabe resaltar que en esta sesión, en la cual se aprobaron 300 proyectos de resolución a recursos de revisión, se aprobó también la imposición de 58 medidas de apremio, de las cuales 49 fueron apercibimientos a diversos titulares de las unidades de transparencia de sujetos obligados de la entidad; además de seis amonestaciones públicas; y tres apercibimientos como medida de apremio, impuestos a superiores jerárquicos, en este caso específico a la presidenta municipal del Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos.