GEM escucha a familiares y colectivos de personas desaparecidas
- Redacción
- 31 marzo, 2024
- Estado de México
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Nezahualcóyotl, Méx.- El Gobierno del Estado de México recopila las experiencias, conocimientos y opiniones de colectivos y familiares de personas desaparecidas y no localizadas, con el objetivo de incorporarlas en la construcción y mejora de las políticas públicas de búsqueda en la entidad.
A través de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México, se realizan constantemente mesas de trabajo y acercamiento que ayudan a establecer líneas de acción que garanticen a las víctimas el acceso a la verdad y la justicia.
La más reciente se realizó en coordinación con integrantes de la Comisión Nacional de Búsqueda y la participación presencial y virtual de colectivos, que permitió conocer de primera mano sus conocimientos que servirán como base para el diseño del Programa Regional de la Zona Centro en materia de búsqueda.
En la reunión estatal, participó personal de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVEM), y del Ayuntamiento de Nezahualcóyotl.
Se explicó que derivado de los nuevos mecanismos de búsqueda como la implementación del Primer Centro de Inteligencia y el uso de tecnología con kits biométricos, georadares, vehículos especializados, cámara de pozo profundo, torre de iluminación, entre otros; los procesos de búsqueda son más efectivos.
Se convocó a integrantes del Colectivo “EHÉCATL”, Red de Madres Buscando a sus hijos Flores en el Corazón, Nuestras Hijas de Regreso a Casa Buscándote con Amor, Uniendo Esperanzas Estado de México A. C, Believe, Alondras Unidas en Búsqueda y Justicia de Nuestros Desparecidos, Asociación Mexicana de Niños Robados y Desparecidos A.C, Colectivo Buscando Vidas y Justicia por México, Mariposas Destellando Buscando Corazones y Justicia, Red Eslabones por los Derechos Humanos y Deudos y Defensores por la Dignidad de Nuestros Desaparecidos; entre otros.
Estas acciones permiten dar cumplimiento con la Fracción 33 del artículo 53 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.