Afilia IMSS EdoMéx Oriente a 3 mil 806 trabajadoras del hogar

Tlalnepantla, Méx.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el Estado de México Oriente informa que 3 mil 806 trabajadoras y trabajadores del hogar fueron afiliados por sus patrones al Instituto al cierre de 2023, para obtener el beneficio directo de los servicios asistenciales y médicos.

Dentro de este programa, las trabajadoras y trabajadores del hogar tienen acceso a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social contempla: Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y Guarderías, así como Prestaciones Sociales.

En el Seguro de Enfermedades y Maternidad, se cuenta con atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para el asegurado y sus beneficiarios legales, además del pago de incapacidades por enfermedad general.

Respecto al Seguro de Riesgos de Trabajo, se tiene atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para el asegurado, rehabilitación, ortesis y prótesis en su caso, además de incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo o en su caso pensión.

Por lo que se refiere a Seguro de Invalidez y Vida, cubre pensión en caso de invalidez para el asegurado y para los beneficiarios legales deudos del asegurado.

En el Seguro de Retiro, se contempla por cesantía en edad avanzada y vejez, además de ahorro para retiro.

También las trabajadoras y los trabajadores del hogar cuentan con el Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales, que cubre estancias infantiles para el cuidado de menores y actividades de esparcimiento (deportivas y culturales).

A partir de este 01 de enero de 2024, las Personas Trabajadoras del Hogar ya cuentan con las prestaciones del INFONAVIT, la cuota correspondiente a este servicio viene incluida por ley en la línea de captura correspondiente.

La información adicional de este servicio se encuentra en la Plataforma de PTH  a través del micrositio www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar

El trámite de incorporación y pago por parte del patrón de las personas Trabajadoras del Hogar que laboren para él se podrá realizar en línea o de manera presencial.

Para ello, el patrón (empleador) debe de presentar CURP, correo electrónico, datos de contacto y comprobante de domicilio; por su parte la trabajadora y trabajador del hogar le corresponde presentar CURP, Número de Seguridad Social y correo electrónico.

El aseguramiento de la trabajadora o trabajador del hogar es desde el primer día de labores, mes, bimestre o año.

Para el otorgamiento de los servicios, la persona trabajadora del hogar debe realizar su registro y el de sus familiares, en clínica o Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda, presentando identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio, fotografía infantil, número de seguridad social y datos de contacto.