Arrendadores, obligados a declarar ante el SAT
- Laura Velásquez Ramírez
- 27 noviembre, 2023
- Estado de México
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Toluca, Méx.- Si rentas casas, edificios, departamentos, local comercial, terrenos, bodegas u otros inmuebles, tienes la obligación de declarar ante el Servicio de Atención Tributaria (SAT), esto para evitar multas y recargos por ingresos no declarados.
Y es que, toda aquella persona que rente algún inmueble tiene responsabilidades fiscales que cumplir por ese hecho, ya que el ignorarlas creará problemas con el SAT.
De acuerdo con el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), como todo ciudadano, hay algunas responsabilidades por cubrir como arrendador, además de que se tienen que pagar impuestos, y es un hecho que se tiene que mantener al día con el SAT o las consecuencias pueden ir hasta revisiones o auditorías que pueden durar hasta 5 o 10 años, multas, recargos sobre los impuestos que no se declararon, entre muchas otras.
Para los arrendadores, su principal obligación fiscal es registrarse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas en el Régimen de Arrendamiento para declarar los impuestos que le corresponden de acuerdo a la ley.
Uno de los impuestos que se deben declarar es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), éste se paga mensualmente, salvo que los ingresos sean inferiores a 26 mil 411.52 pesos al mes, en cuyo caso se realiza trimestralmente.
Esto ya que las tasas varían según los ingresos, oscilando entre el 0 por ciento para ingresos menores a 644.58 pesos mensuales y el 32 por ciento para ingresos de hasta 350 mil pesos al mes.
Otro es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), éste se aplica a la renta de locales comerciales, casas habitación amuebladas y propiedades destinadas a servicios de hospedaje. En este caso, la tasa es del 16 por ciento y el pago se hace mensualmente.
A la vez, uno de los aspectos más importantes a tomar en cuenta, ya sea que seas arrendador o rentero, es que estos pagos de impuestos no deben ser realizados por la persona que renta el inmueble, sino, por la persona dueña del inmueble, ya que es obligación fiscal del arrendador sustentar estas responsabilidades con el SAT.