Valida el TEPJF elección de dirigencia de Nueva Alianza en EdoMéx

Toluca, Méx.- La Sala Regional Toluca, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió como improcedente e infundada la inconformidad iniciada por el diputado sin partido Rigoberto Vargas Cervantes, sobre la supuesta inconstitucionalidad del Consejo Directivo del Partido Nueva Alianza del Estado de México, presidido por Mario Alberto Cervantes Palomino.

Con eso, se determinó que fue válida la elección de quienes actualmente integran el Comité de Dirección estatal y han firmado la coalición “Va por el Estado de México”.

Integrantes del órgano jurisdiccional de la V Circunscripción Plurinominal Electoral, al resolver un juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, presentado por militantes de Nueva Alianza Estado de México en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal Electoral del Estado de México.

Los juzgadores federales estimaron fundado el motivo de inconformidad consistente en que la autoridad responsable soslayó analizar los argumentos por los que se cuestionó la elección de los integrantes del Comité de Dirección Estatal partidista, sin embargo, en plenitud de jurisdicción, decidieron confirmar ese ejercicio democrático partidario.

Se señaló, que es un hecho notorio que los accionantes tuvieron conocimiento del acto impugnado nueve meses antes, pues reconocen que a más tardar el 9 de febrero de 2022 se debía elegir a quienes conformarían el citado Comité, y no fue sino hasta el 28 de noviembre de ese año, en que presentaron sus demandas locales desconociendo las diversas notificaciones de las distintas etapas del ejercicio comicial.

La Sala Toluca recibió las impugnaciones de 943 personas supuestamente afiliadas a Nueva Alianza Estado de México, para controvertir la sentencia del tribunal estatal que validó los actos de renovación de diversos órganos de esa fuerza.

Sin embargo, en algunos casos determinó sobreseer por falta de firmas, en otros porque concluyó el plazo y sobreseyó el asunto de una ciudadana que no compareció.