SCJN dice que registro de agresores sexuales no debe ser público

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, se pronunció este jueves para que el Registro de Personas Agresoras Sexuales de la Ciudad de México, no sea público y que únicamente sea consultado por las autoridades involucradas en las investigaciones y casos que se siguen por estos hechos.

Durante la sesión, una mayoría de ocho ministros señaló que la publicidad de este registro para que pueda ser consultado por cualquier persona, viola la presunción de inocencia de quienes son señalados por agresiones sexuales.

Sin embargo, no será sino hasta el próximo lunes que se realice una votación final sobre este tema, por lo que las posturas emitidas este jueves no implican la eliminación del Registro.

“Dejar dentro del dominio de las autoridades públicas el acceso al registro sigue permitiendo los fines para los que fue diseñado, en tanto que será factible que su información sirva a dichas autoridades para realizar las acciones preventivas y de protección necesarias para combatir la violencia sexual y en particular, respecto de grupos en situación de vulnerabilidad”, señaló la ministra presidenta, Norma Piña.

El Pleno, declaró inconstitucional la inscripción en dicho registro, que actualmente es público y se puede consultar por internet, como una sanción penal adicional a la prisión dictada por un juez.

Esta decisión se dio después de las impugnaciones presentadas por las comisiones nacional y local de derechos humanos, respecto a las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Ciudad de México a las Leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y Código Penal.

En tanto, Arturo Zaldívar consideró que el RPAS es constitucionalmente válido debido a que no castiga por segunda ocasión a los agresores sexuales, sino que previene y salvaguarda la integridad y los derechos de las víctimas.