SCJN suspende acuerdo que blinda megaobras
- Fernanda Medina González
- 15 diciembre, 2021
- Nacional e Internacional
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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación suspendió de manera parcial el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador que clasificó de interés público y seguridad nacional todas las megaobras del Gobierno Federal.
La suspensión y admisión a trámite de la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales fue admitida por un ministro del Máximo Tribunal del país.
“Se concede la suspensión definitiva solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en los términos y para los efectos que se indican en la parte denominada Apartado primero”, se puede leer en el documento.
Este apartado hace referencia a que es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y seguridad nacional, es decir, solo en lo que hace a la transparencia de las megaobras.
El ministro negó la suspensión de los términos precisados por el Inai en los demás apartados, que tiene que ver con la reducción de los trámites para que estos proyectos sean aprobados en solo 5 días, entre otros.
El Máximo Tribunal tampoco ha publicado la identidad del ministro que resolvió esta suspensión ni la versión completa del fallo del ministro.
El pasado 8 de diciembre el Inai informó su decisión de impugnar el acuerdo del presidente que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre, al considerar que éste podría afectar el derecho a la información ya que, al considerar las obras públicas como asunto de seguridad nacional, la información sobre estas quedaría reservada.
Desde el pasado mes de noviembre el Instituto advirtió una posible transgresión al artículo 6 de la Constitución, en tanto que la seguridad nacional es un presupuesto de reserva de la información, es decir, debería ser la excepción más no la regla.
En su acuerdo el presidente ordenó a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal autorizar proyectos de infraestructura, desarrollo social y turismo en 5 días, mismo que en el que declaró de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México.
“En ese sentido, se corre el riesgo de que los sujetos obligados que generan la información de estos proyectos puedan pretender reservar información con base en el Acuerdo, lo cual vulneraría el derecho de acceso a la información”, informó el Inai mediante un comunicado.
Por ello, luego de analizar los alcances del Acuerdo, el Pleno del Inai determinó ejercer este control constitucional, con el cual buscará evitar que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal reserven por seguridad nacional, de manera generalizada y anticipada, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo.