MARCO LEGAL PARA LOS ORGANISMOS OPERADORES EN MATERIA DE MEJORA REGULATORIA
- Luis Eduardo Mejia Pedrero
- 23 agosto, 2021
- Columnas
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Uno de los principales problemas de los Organismos Operadores es la baja recaudación y eficiencia comercial. Una forma de incrementar estos indicadores y, por ende la supervivencia del Organismo, es simplificar los trámites a los usuarios a fin de facilitarles su ejecución y pago.
Como se comentó en una anterior colaboración, la cobertura de las leyes generales es en todo el territorio nacional y en los tres ámbitos de gobierno. Tal es el caso de la Ley General de Mejora Regulatoria que en la Fracción XIX de su artículo 3° indica que indica quienes son los sujetos obligados a ejecutar acciones necesarias para dar cumplimiento a este ordenamiento, entre ellos los Organismos Operadores de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento.
El primer paso es conocer la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria y acercarse al consejo local de la entidad federativa correspondiente. Debe de verificarse la existencia al interior del Organismo Operador la existencia de un “Comité de Mejora Regulatoria”, su inventario de trámites y servicios, agenda, avances, encuestas de satisfacción y evidencias del cumplimiento de la normativa, así como la difusión en la gaceta municipal para que los cambios. También se debe verificar la existencia de un Padrón que contendrá la lista de los servidores públicos autorizados para realizar inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias en el ámbito administrativo.
El comité debe de estar presidido por el director general del Organismo, contando con la participación del área jurídica, el Órgano de Control Interno, áreas que tienen trato con los usuarios, áreas responsables de trámites con usuarios y el área responsable de la mejora institucional.
El director general, acorde al artículo 13 de la Ley, debe nombrar a un funcionario de rango inmediato inferior al de él, un responsable oficial de mejora regulatoria para coordinar, articular y vigilar el cumplimiento de la política de mejora regulatoria y la Estrategia al interior del Organismo Operador.
Las acciones de mejora regulatoria deben de tener los siguientes principios: Mayores beneficios que costos y el máximo beneficio social; Seguridad jurídica que propicie la certidumbre de derechos y obligaciones; Focalización a objetivos claros, concretos y bien definidos; Coherencia y armonización de las disposiciones que integran el marco regulatorio nacional; Simplificación, mejora y no duplicidad en la emisión de Regulaciones, Trámites y Servicios; Accesibilidad tecnológica; Proporcionalidad, prevención razonable y gestión de riesgos; Transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas; Fomento a la competitividad y el empleo; Promoción de la libre concurrencia y competencia económica, así como del funcionamiento eficiente de los mercados, y Reconocimiento de asimetrías en el cumplimiento regulatorio.
Los Análisis de Impacto Regulatorio deben contribuir a que las Regulaciones se diseñen sobre bases económicas, empíricas y del comportamiento, sustentadas en la mejor información disponible, así como promover la selección de alternativas regulatorias cuyos beneficios justifiquen los costos que imponen y que generen el máximo beneficio para la sociedad, atendiendo a lo indicado por los manuales del Análisis de Impacto Regulatorio, que cada entidad federativa emita.
Dado que la mejora regulatoria implica la revisión y simplificación, estas acciones deben de realizarse con el enfoque de la mejora de procesos, atendiendo a los lineamientos de la norma ISO 9001:2015, cuya implementación también estará a cargo del área responsable de la mejora institucional.
PIENSA GLOBALMENTE, ACTÚA LOCALMENTE
Dentro de poco más de cuatro meses entrarán en funciones las nuevas autoridades municipales. A diferencia de otras ocasiones, los presidentes municipales electos ya están realizando recorridos y teniendo reuniones con ciudadanos y agrupaciones de sus demarcaciones a efecto de no tener un “arranque en frío”. Empiezan las actividades de transición y en ellas deben de observarse varios puntos como los comentados en columnas anteriores y la actual sobre mejora regulatoria. El tema de la transición es amplio y seguirá siendo objeto de esta columna.
Reciban un abrazo de su amigo, Luis Eduardo Mejía Pedrero. Comentarios al correo [email protected] Instagram @mejiapedrero Twitter @cuencalerma o por Facebook.