OSFEM reanudará actividades el próximo 1 de marzo

Toluca, Méx.- A partir del primero de marzo próximo, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) retomará sus audiencias, plazos y términos jurisdiccionales, aplicando las recomendaciones de las autoridades sanitarias mexiquenses con trabajo a distancia y aforo limitado, en respuesta a las condiciones de salud pública que imperan pese al cambio de semáforo epidemiológico de rojo a naranja.
Por acuerdo 06/2021, firmado por la auditora Superior de Fiscalización, Miroslava Carrillo Martínez, especifica que la reanudación de los procedimientos se basa en la publicación en Gaceta de Gobierno del pasado 12 de febrero hecho por la Secretaría de Salud y la Comisión para la Protección de Contra Riesgos Sanitarios, del Estado de México.
Dicho acuerdo destaca las medidas para la continuación de las actividades económicas, sociales y gubernamentales en el marco de la contingencia sanitaria causada por el virus SARS-CoV-2 (covid-19), que en uno de sus apartados expone que “Las actividades jurisdiccionales continuarán funcionando en términos de los acuerdos que hayan expedido o expidan para tal efecto las autoridades competentes”, privilegiando el trabajo a distancia, el uso de medios electrónicos, la limitación de aforo y, en su caso, los horarios escalonados.
Por lo que el OSFEM, debido a sus atribuciones como autoridad investigadora y substanciadora, requiere llevar a cabo sus actividades jurisdiccionales de manera presencial y la situación sanitaria de hasta hace una semana impedía que se llevara a cabo de esta forma.
Cabe destacar que este órgano técnico tiene en puerta la recepción de los Presupuestos de Egresos Municipales 2021, los cuales fueron calendarizados para evitar aglomeraciones.
El Acuerdo se encuentra en la Gaceta del gobierno y dice que en fecha doce de febrero de dos mil veintiuno, la Secretaría de Salud y la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de México, publicaron en Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Acuerdo por el que se establecen medidas para la continuación de actividades económicas, sociales y gubernamentales con motivo del virus SARS-CoV2 (COVID-19), mismo que en su resolutivo primero fracción VII, señala lo siguiente:
Las actividades gubernamentales continuarán funcionando en términos de los Acuerdos emitidos por la autoridad sanitaria y los que sobre el particular hayan expedido o expidan las dependencias e instituciones públicas competentes, privilegiando el trabajo a distancia, el uso de medios electrónicos, la limitación de aforo y, en su caso, los horarios escalonados.