Informa Lorenzo Córdova posible suspensión de la mañanera el 4 de abril
- Fernanda Medina González
- 13 enero, 2021
- Nacional e Internacional
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Ciudad de México.- Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, aseguró que a partir del 4 de abril deben dejar de transmitirse íntegras las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador. Esto, debido al inicio formal de las campañas políticas con el fin de garantizar la equidad en la contienda.
“A partir de principios de abril, y en algunos casos incluso antes porque hay elección de gobernador, y en esos estados arrancarán antes las campañas, la transmisión integra de las conferencias mañaneras deberá suspenderse”.
En su participación en el coloquio ‘Las redes del odio en México’, el funcionario federal dijo que, de acuerdo con el criterio vigente del INE y qué ha sido validado en primera instancia por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las conferencias presidenciales constituyen propaganda gubernamental.
En ese sentido, la Constitución prohíbe su difusión durante el período de las campañas, salvo aquella que tiene que ver con la salud, educación y protección civil.
Asimismo, afirmó que el INE aplicará con ese criterio la legislación electoral, que dice que la propaganda gubernamental se tiene que interrumpir desde que arranca en las campañas hasta el final de la jornada electoral.
Puso de ejemplo lo ocurrido durante el proceso electoral de Coahuila e Hidalgo en 2020, donde se impidió la transmisión completa de las conferencias de prensa presidenciales. El pasado 22 de diciembre, la Sala Regional Especializada del TEPJF resolvió que las conferencias matutinas no violaron la prohibición de propaganda electoral durante las campañas en dichos estados.
No obstante, aclaró que la suspensión no afecta a la transmisión de fragmentos de la conferencia en los noticiarios, porque estos constituyen materia de interés informativo.
Comentó que bajo este criterio la comisión de quejas del INE emitió una tutela inhibitoria para el mandatario. El pasado 30 de diciembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó el presidente que “se abstenga de interferir desde sus conferencias de prensa en favor o en contra de actores políticos electorales”, acuerdo con el artículo 134 constitucional, con el fín de resguardar el principio de equidad en el proceso electoral.
El domingo, la Sala Superior del TEPJF ordenó el INE que defina los alcances de la tutela inhibitoria dictada para las conferencias matutinas del presidente López Obrador.