Autobuses siguen cargando combustible con pasaje a bordo
- Ventura Rojas Garfias
- 9 enero, 2021
- Estado de México
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Toluca, Méx.-A pesar de que está prohibido que los autobuses de pasajeros carguen combustible con pasaje a bordo, ni las estaciones de gasolina ni los choferes respetan dicha norma establecida en la Gaceta de Gobierno emitida desde el 2016.
En dicho documento se señala que se prohíbe cargar combustible en las estaciones de servicio o gasolineras, así como a las estaciones descarburación o gasoneras, a vehículos del transporte público en sus diversas modalidades cuando se encuentren con pasaje a bordo, apercibiendo a los concesionarios, expendedores y choferes infractores que en caso de no dar cumplimiento a la presente disposición se les aplicarán las sanciones señaladas en los libros sexto y séptimo del código administrativo, relativos a la revocación de la concesión, de la licencia del chofer infractor y/o clausura de la estación de servicio o gasolinera, así como de estación de carburación o gasonera. Para efecto de iniciar o robustecer los procedimientos correspondientes, las autoridades administrativas, señala el circular.
Desde el 22 de enero del 2016, fue enviado a las concesionarios, permisionarios, autorizados y choferes del servicio público del transporten en sus diferentes modalidades y propietarios de las estaciones de servicio o gasolineras, así como a las estaciones de carburación gasoneras, establecidas en el estado de México, que en el Código Administrativo del Estado de México, 1, 2, 4, 5 párrafo primero, fracciones I, II, III, IV, VI, 9, 17, 24, 50, 94, 95, 99 y 100 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México, 2, 4 fracciones VII, XLIX y L del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México, así como los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 fracciones I y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad del Estado de México, la Secretaría de Movilidad y la Coordinación General de Protección Civil del Estado de México, están facultadas para establecer lineamientos y procurar la adecuada prestación del servicio público del transporte en la Entidad.
Sin embargo esto no lo han acatado y cuando los usuarios les reclaman, el chofer le señala que si no le gusta, pueden bajarse del autobús, al decir de Riana una de las usuarias del transporte público.
Quien dijo que es necesario que haya una inspección para que no se siga dando este tipo de anomalías y que la estaciones que dejen cargar a los autobuses con pasaje a bordo, sean sancionados.
Pues las autoridades administrativas, tienen la facultad y en cualquier momento podrán solicitar a las estaciones de servicio o gasolineras, así como a las estaciones de carburación o gasoneras, los registros de su circuito cerrado de televisión, videograbación o cualesquiera análogos, tal y como lo señala el circular de la Gaceta de Gobierno del 22 de enero del 2016, para verificar que no de servicio a unidades de servicio público con pasaje a bordo.