Aprueba Senado Ley Olimpia en todo el país
- Fernanda Medina González
- 6 noviembre, 2020
- Nacional e Internacional
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Ciudad de México.- Luego de casi un año de trabajo legislativo conjunto entre senadoras de todas las fuerzas políticas, activistas y luchadoras sociales, este jueves, el Senado de la República aprobó en lo general, con 87 votos a favor, la Ley Olimpia para que la violencia digital en contra de las mujeres sea punible en todo el país.
“Mandamos un mensaje de que todas las fuerzas políticas, a pesar de sus diferencias están a favor de la erradicación de la violencia en contra de las mujeres”, destacó la senadora Martha Lucía Micher, presidenta de la comisión de Equidad de Género y principal impulsora en el Legislativo.
“Honramos la memoria de las mujeres víctimas de feminicidio y les decimos a las mujeres que quienes vivan hechos de violencia no están solas larga vida a las mariposas”.
Este miércoles, en comisiones, y hoy en el Pleno del Senado, se aprobaron sanciones para el acoso, hostigamiento y difusión de contenidos sexuales a través de internet o redes sociales y las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación.
Contempla penas de tres a seis años de prisión para los agresores, obliga a las páginas de internet a bloquear los contenidos y avisar de manera inmediata a los usuarios cuando incurran en violaciones; incluye la digital como una nueva modalidad de violencia, y agrega la que se desarrolla en los medios de comunicación.
Como parte de este dictamen, se establece que los jueces y ministerios públicos podrán ordenar de manera inmediata qué empresas como Facebook o Twitter, por cualquier página de internet dónde se distribuyan estos contenidos, interrumpan, bloqueen, destruyan o eliminen estos archivos; además se deberá avisar de manera inmediata a los usuarios que las compartan que el contenido será inhabilitado por orden judicial.
El dictamen que se aprobó incluye a la digital como una modalidad de violencia que abarca todos los hechos de violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes que se producen en dicho ámbito. También se incorporó la violencia en los medios de comunicación y que no contemplaba la propuesta de la Cámara de Diputados, así como la tipificación de estos hechos de violencia en el Código Penal Federal, de manera que sean sancionables en todo el país.
A partir de esta reforma, la Ley General de acceso de las mujeres a la Vida Libre de Violencia se establece qué es la violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación para exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios o vídeos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento.
La violencia mediática se comete cuando cualquier medio de comunicación promueve estereotipos sexistas, hace apología de la violencia contra las niñas y las mujeres, produce o permite la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres que causa daño a mujeres y niñas.