Necesario Ley de Educación Emocional en EdoMéx: Ortega
- Ventura Rojas Garfias
- 9 octubre, 2020
- Estado de México
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Toluca, Méx.- Omar Ortega Álvarez, Coordinador de los diputados del PRD en el congreso mexiquense, presentó la iniciativa “Ley de Educación Emocional” que consta de 16 artículos y una propuesta para que su implementación sea por personal especializado adscrito a la Secretaría de Educación estatal y sus servicios otorgados de forma gratuita.
Explicó que si bien la educación es un derecho humano y está considerado en la Constitución, debe seguir avanzando bajo nuevas interpretaciones, diferentes ópticas y percepciones en pro de los ciudadanos que la reciben.
Dijo que la educación emocional proporciona mayores herramientas para un desarrollo integral de los individuos de acuerdo a estudios recientes, por lo que el grupo parlamentario del PRD, considera que el sistema educativo siempre debe estar a la vanguardia.
Pidió a los legisladores de otras fracciones, tomar en cuenta los avances científicos y educativos sobre la ciencia del pensamiento, cuyo objetivo se centra en comprender los procesos bioquímicos que se desarrollan en el cerebro a través de las emociones y que se traducen en acciones.
“Ya no es posible separar los conocimientos del contexto sociocultural de los estudiantes, los niveles de estrés, intolerancia, ansiedad y violencia, entre otros, repercuten no sólo en el aprovechamiento sino en su formación, de ahí lo fundamental de la educación emocional”, indicó
La propuesta contempla que el Poder Ejecutivo, una vez aprobada y publicada la Ley, expedirá los instrumentos jurídicos que definan, coadyuven y regulen el ámbito de competencia, aplicación y atribuciones en el Estado y sus municipios, en materia de Educación Emocional de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley de Educación Emocional.
Algunos de los aspectos a destacar de dicha ley es Proporcionar Educación Emocional con estricto apego a los derechos humanos, con perspectiva de género, de manera incluyente y no discriminatoria.
Finalmente cabe mencionar que en el Artículo 2 de la Ley, precisa que la “Educación emocional, se define como la formación armoniosa de la persona, con la participación crítica y reflexiva del educando, con la finalidad de obtener una escala de valores a efecto de optimizar, recursos y habilidades emocionales, cuyo proceso de enseñanza-aprendizaje, tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona, armonizando los componentes cognitivo y afectivo”.