Medidas de Protección del INFONAVIT apoyan a más de 22 mil beneficiarios

Toluca, Méx.- Las medidas de protección implementadas por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), con los objetivos de apoyar a las y los derechohabientes a conservar su patrimonio y tener solvencia financiera durante la emergencia sanitaria por Covid-19, seguir contribuyendo a la preservación de fuentes de empleo y a la reactivación económica del país, han beneficiado a un total de 2 millones 682 mil 984 trabajadores.
Alberto Rodríguez Tizcareño Representante de la Dirección General en la Delegación Regional Estado de México del Infonavit, informó que al 31 de julio, de forma directa el Infonavit cuenta en el Estado de México con 22 mil 361 beneficiarios de las Medidas de Protección a Acreditados que son el Seguro de Desempleo, Prórrogas Sin Intereses, o la combinación de ambas medidas.
Detalló que dentro de estos beneficiados, 10 mil 734 acreditados obtuvieron Seguro de Desempleo, 4 mil 389 acreditados obtuvieron Prórroga Sin Intereses, y 7 mil 238 obtuvieron la combinación de ambas.
A nivel nacional se ha beneficiado a 290 mil 239 trabajadores a través del Seguro de Desempleo, Prórrogas Sin Intereses, o la combinación de ambas medidas.
El 51 por ciento de los beneficiarios se concentran en ocho entidades: Nuevo León, Estado de México, Quintana Roo, Jalisco, Ciudad de México, Guanajuato, Veracruz y Coahuila.
Recordó que los trabajadores que perdieron su empleo o sufrieron una reducción salarial, y aún no han recibido los apoyos directos del Infonavit, pueden solicitarlos hasta el 31 de agosto de 2020, ingresando con su usuario y contraseña a Mi Cuenta Infonavit (micuenta.infonavit.org.mx), donde deberán contestar un cuestionario que servirá para determinar el beneficio aplicable.
Aquellos trabajadores que recibieron el beneficio entre el 1 y el 15 de mayo y requieran una extensión de los beneficios deberán comunicarse a Infonatel (800 008 3900) y presionar la opción 9 para recibir asesorías.
Asimismo, de forma indirecta, hasta el 31 de julio el Instituto ha beneficiado a 2 millones 293 mil 652 trabajadores, con el diferimiento de contribuciones patronales a la subcuenta de vivienda de empleados sin crédito activo, por un monto de mil 599 millones de pesos.
Con la finalidad de seguir contribuyendo a la preservación de fuentes de empleo, los empleadores podrán diferir ante el Infonavit un bimestre más de sus aportaciones a la subcuenta de vivienda; siempre y cuando lo soliciten antes del 31 de agosto de 2020 en el Portal Empresarial del Instituto (empresarios.infonavit.org.mx).
Respecto a la medida dirigida a los empleadores, en el EdoMéx se ha apoyado a 2 mil 439 empresas, de las cuales 2 mil 294 son PyMEs, con hasta 85 mil 610 trabajadores beneficiados; y 145 son Grandes Empresas, con hasta 91 mil 264 beneficiados.
Cabe destacar que el 51 por ciento de los trabajadores beneficiados con el diferimiento de las cuotas patronales se concentran en cinco entidades: Ciudad de México, Estado de México, Nuevo León, Jalisco y Quintana Roo.
Por otra parte, el Infonavit ha apoyado a nivel nacional a 99 mil 093 trabajadores de empresas en paro técnico con la disminución del factor de pago o con prórrogas sin intereses de los pagos mensuales de sus créditos, dependiendo del nivel de afectación sobre su salario.
El 54 por ciento de estos apoyos se concentran en cinco estados del país: Coahuila, Sonora, Guanajuato, Tamaulipas y Nuevo León.
Estas medidas de apoyo aplicables a las y los trabajadores dependen del nivel de afectación a su salario; de tal forma que, a los acreditados cuyo sueldo disminuyó menos de la mitad, el Instituto otorga una reducción del 25 al 50 por ciento sobre el pago de la mensualidad de sus créditos. Mientras que, los trabajadores de empresas en paro técnico, cuyo salario se redujo más de 50 por ciento, reciben una prórroga de 3 meses sin intereses.
Respecto a los empleadores que entraron en paro técnico y que deseen apoyar a sus trabajadores con crédito Infonavit deben presentar ante el Instituto una copia del acuse de la solicitud de suspensión de labores presentada ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente.