Aprueban dar protección y certeza a propietarios de inmuebles
- Ventura Rojas Garfias
- 30 julio, 2020
- Estado de México
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Toluca, Méx.- Diputados integrantes de las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y Procuración y Administración de Justicia aprobaron un dictamen por el que en el delito de despojo se considere como víctima u ofendido al propietario del inmueble que es ocupado sin su consentimiento.
Lo anterior luego de que muchos casos quedan en la impunidad, permitiendo la operación de grupos y personas dedicados a este ilícito en municipios mexiquenses y para ello el dictamen reforma el Código Penal de la entidad.
“Hay grupos que se apoderan de manera pacífica o violenta de un terreno o bien inmueble, para pasar como dueños y dejar a las personas sin su patrimonio, que les h llevado toda una vida lograrlo”, señaló el diputado Bryan Tinoco Ruíz.
De manera cotidiana en total impunidad, adultos mayores y mujeres, se ven despojados y ven violentado su derecho que como propietarios tienen, sin que se pueda recuperar de manera rápida y expedita lo que legítimamente les pertenece.
El Código Penal sanciona el despojo de predios y viviendas delito contra quien posee física o materialmente un inmueble aunque no sea propietario, lo que ha dado como consecuencia que se facilite la invasión despojos y estos delitos queden impunes, pues al acudir al Ministerio Público para iniciar la carpeta, lo primero que se solicita a los afectados, son los nombres de quienes ocupan el predio cuando el dueño ni siquiera los conoce.
El dictamen aprobado adiciona un último párrafo al artículo 308 del Código Penal del Estado de México, a fin de dotar de instrumentos legales al Ministerio Público y a los Juzgadores para hacer frente a las modalidades en que opera la delincuencia en el caso del despojo e invasión de Inmuebles.
Y busca se regule de manera clara y adecuada, sin dejar a duda, que el legítimo propietario también puede hacer uso de las leyes penales para proteger el que es su patrimonio, y del que debe tener pleno derecho pueda tener su uso y goce, aunque no detente la posesión del inmueble.
Para estos casos será necesario que quien se encuentre poseyendo el inmueble no lo haga legítimamente, que el requerimiento de desocupación y entrega del inmueble por parte del propietario, se realice por medio de mecanismo legal, y que exista una sentencia firme y ejecutoriada que ordene la desocupación y entrega del inmueble.
Mientras que Beatriz García Villegas aseguró que de acuerdo con datos de incidencia estatal, este año se registró aumento de invasión de viviendas en enero y febrero, afectando el patrimonio de las personas.
Además de que existen líderes o grupos organizados en los municipios para llevar a cabo acciones que implementen este delito, que han sido protegidos al amparo del poder público.