Transporte Público sin respetar prohibición de cargar combustible con pasaje a bordo
- Ventura Rojas Garfias
- 23 julio, 2019
- Estado de México
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Toluca, Méx.- Autobuses del servicio público de pasajeros que circulan en el Valle de Toluca, siguen sin respetar las indicaciones que las autoridades del transporte han señalado, pues, continúan entrando a las gasolineras con pasaje a bordo y toman combustible, a pesar de que algunas de estas estaciones cuentan con leyendas de la prohibición, los despachadores, no les niegan el servicio.
En la Gaceta de Gobierno del 22 de enero del 2016, fue enviado a las concesionarios, permisionarios, autorizados y choferes del servicio público del transporten en sus diferentes modalidades y propietarios de las estaciones de servicio o gasolineras, así como a las estaciones de carburación gasoneras, establecidas en el estado de México, a que el Código Administrativo del Estado de México, 1, 2, 4, 5 párrafo primero, fracciones I, II, III, IV, VI, 9, 17, 24, 50, 94, 95, 99 y 100 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México, 2, 4 fracciones VII, XLIX y L del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México, así como los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 fracciones I y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad del Estado de México, la Secretaría de Movilidad y la Coordinación General de Protección Civil del Estado de México, están facultadas para establecer lineamientos y procurar la adecuada prestación del servicio público del transporte en la Entidad.
Ante ello, “Se prohíbe cargar combustible en las estaciones de servicio o gasolineras, así como a las estaciones descarburación o gasoneras, a vehículos del transporte público en sus diversas modalidades cuando se encuentren con pasaje a bordo, apercibiendo a los concesionarios, expendedores y choferes infractores que en caso de no dar cumplimiento a la presente disposición se les aplicarán las sanciones señaladas en los libros sexto y séptimo del código administrativo, relativos a la revocación de la concesión, de la licencia del chofer infractor y/o clausura de la estación de servicio o gasolinera, así como de estación de carburación o gasonera. Para efecto de iniciar o robustecer los procedimientos correspondientes, las autoridades administrativas, señala el circular.
Muchas han sido los reclamos de los usuarios del transporte, por no respetar dicha prohibición por parte de los choferes, quienes no les interesa y les dicen que si no les gusta, que pueden bajarse del autobús, pues ya no traen combustible y es necesario cargar, comento el señor Juan de Dios, quien dijo que inclusive una vez tuvo un altercado por reclamar dicha arbitrariedad.
A pesar de que para efecto de iniciar o robustecer los procedimientos correspondientes, las autoridades administrativas, en cualquier momento podrán solicitar a las estaciones de servicio o gasolineras, así como a las estaciones de carburación o gasoneras, los registros de su circuito cerrado de televisión, videograbación o cualesquiera análogos, tal y como lo señala el circular de la Gaceta de Gobierno del 22 de enero del 2016.