Avala SCJN prohibición del matrimonio infantil
- Fernanda Medina González
- 27 marzo, 2019
- Nacional e Internacional
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Ciudad de Méx.- Los ministros validaron por unanimidad de diez votos a favor la eliminación de las dispensas del Código Civil que permitían la unión entre menores de edad en casos graves y justificados, en Aguascalientes, realizada por legisladores de esa entidad.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 22/2016, que interpuso la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Aguascalientes, contra la prohibición absoluta del matrimonio infantil, el pleno del máximo tribunal de justicia determinó que las reformas son constitucionales y contribuyen a la protección de los derechos de la niñez.
Los ministros coincidieron en que el matrimonio infantil es una práctica que afecta el desarrollo a la libre personalidad, a la educación, salud, libertad y autonomía de adolescentes.
El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea argumentó que no debe perderse de vista, que con esta prohibición absoluta se busca erradicar el matrimonio infantil, precoz e incluso, forzado. Cómo está ampliamente documentado, tales matrimonios ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de las niñas, como el derecho a la educación, salud, vida, libertad y autonomía.
Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña señaló que el matrimonio infantil es una práctica de efectos “inhibitorios” en el ejercicio de derechos fundamentales de los menores de edad. Mientras que el ministro Franco González Salas afirmó que la fijación de un límite mínimo de edad para ejercer el derecho a contraer matrimonio, sin la posibilidad de dispensa alguna.