Avalan en comisiones reformas a Ley de Voluntad Anticipada
- Ventura Rojas Garfias
- 20 abril, 2021
- Estado de México
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Toluca, Méx.- Diputados mexiquenses aprobaron en comisione, reformas a la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México, para crear la escritura de voluntad anticipada y dar certeza jurídica en las decisiones de un paciente en fase terminal sobre recibir o no atención médica.
La iniciativa que fue presentada por el diputado Maurilio Hernández González y que fue aprobada por las Comisiones de Procuración y Administración de Justicia, y de Salud, Asistencia y Bienestar Social se incluyen elementos que den certidumbre al procedimiento específico, al considerar aspectos médicos y jurídicos como parte de la voluntad anticipada y el paciente pueda decidir o rechazar el tratamiento o asistencia indicado.
Se establece que la escritura de voluntad anticipada sea el documento público otorgado ante notario público en el que una persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales manifieste su decisión libre, consciente, informada de ser sometida a medios, tratamientos, o procedimientos médicos o cuidados paliativos en caso de encontrarse en etapa terminal.
Por lo que el legislador Gerardo Ulloa Pérez sostuvo que la dignidad humana es un derecho fundamental del ser, la cual se vulnera al no poder permitir decidir sobre la aplicación o no de un tratamiento cuando se encuentre en etapa terminal.
Mientras que la diputada Karina Labastida Sotelo reiteró la importancia de la iniciativa en cuyo dictamen final se consideró las aportaciones de los grupos parlamentarios para reformar la voluntad anticipada, cuya legislación existe desde 2013, y que ya se aplica en 14 estados requería modificar varios principios rectores.
Las reformas regulan los principios de autodeterminación, autonomía, derechos Humanos, dignidad de las personas, preservación de la intimidad y confidencialidad de las personas enfermas, no discriminación y el acceso pleno a los servicios de salud, y dota de mayor certeza para cumplir con la voluntad anticipada.
Con esto ya se puede hacer el trámite mediante dos vías: una ante Notario Público mediante escritura de voluntad anticipada, deben de acudir 5 testigos, con la reforma ahora serán solo 3 testigos, misma que tendrá el mismo valor jurídico tanto la escritura como el acta de voluntad anticipada que se puede llevar a cabo ante autoridades públicas de salud como privadas.
Asimismo se dota de mayor certeza a los pacientes en fase terminal, y garantiza el derecho a decidir de manera libre sobre la atención médica que deseen o no recibir en fase terminal de su vida, con cuidados paliativos necesarios para no morir en agonía, salvaguardando en todo momento su identidad.
Por su parte el diputado Juan Maccise respaldó el proyecto legislativo, pues aseguró que la fase terminal de un enfermo abarca sufrimientos emocionales de familiares y amigos y sobre todo el del paciente, por ello urgía legislar sobre voluntad anticipada y en cuidados paliativos.
Finalmente la legisladora Ingrid Krasopani, respaldo la iniciativa pues se requería cubrir deficiencias legislativas en la materia, garantizando el principio de autonomía y el derecho de autodeterminación para que el paciente pueda decidir sobre aceptación o rechazo del tratamiento.