SCJN confirma constitucionalidad de lista de deudores alimentarios
- Fernanda Medina González
- 23 enero, 2025
- Nacional e Internacional
- Deudores Alimentarios, México, SCJN
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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la constitucionalidad de la inclusión de personas en listas de deudores alimentarios, al considerar que esta medida no atenta contra sus derechos humanos.
La Primera Sala de la SCJN, por mayoría de cuatro votos, estableció que la inclusión en estas listas no tiene como objetivo atentar contra la intimidad de las personas, sino proteger los derechos de los menores que dependen de la pensión alimenticia.
El caso se originó a partir de un amparo en revisión presentado por un hombre que afirmó que las listas de deudores alimentarios, reguladas en la Ley del Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentarias de Chihuahua, eran inconstitucionales.
Sin embargo, la Corte concluyó que, aunque este registro puede afectar algunos derechos del deudor alimentario, la medida es justa y adecuada para proteger los derechos de los menores vulnerables.
La SCJN también resaltó que el bienestar de la niñez y la igualdad de género son principios clave que deben guiar las decisiones legales.
Además, enfatizó que la inscripción en el registro no es una sanción absoluta o permanente, sino que puede ser cancelada tan pronto como el deudor regularice su situación.
La Ley de Chihuahua establece que las personas inscritas en el registro de deudores alimentarios no podrán desempeñar cargos públicos, obtener licencias de conducir, participar en procesos electorales ni contraer matrimonio sin informar su situación.
Estas restricciones son medidas temporales y sujetas a cancelación cuando el deudor cumpla con sus obligaciones.