Analizan en Legislatura iniciativa que evita filtrar imágenes de víctimas de un delito

Toluca, Méx.- Integrantes de la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia, iniciaron el análisis de la iniciativa para realizar reformas al Código Penal, para evitar que se filtren imágenes de víctimas de un delito.

Lo anterior, con el fin de salvaguardar la dignidad y honra póstuma de toda persona que pierde la vida, así como garantizar el acceso a la justicia a terceros debido a prácticas ilícitas cometidas tanto por servidores públicos como por ciudadanos,

En sesión de trabajo de la Comisión Legislativa que preside el diputado Gerardo Ulloa Pérez, dieron a conocer la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 227 Bis y se adiciona la fracción XVI del artículo 335 del Código Penal del Estado de México.

De lo que se trata, es proteger a las víctimas a través de tipos penales que condenen el uso indebido de la información referida.

Mientras que la proponente, diputada LuzMa Hernández, señaló que la iniciativa tiene como propósito fundamental castigar la difusión de material que revictimice y atente contra la dignidad de las víctimas, así como establecer medidas que protejan la dignidad póstuma de las niñas, niños, adolescentes y mujeres.

“Partiendo del hecho de que en el primer antecedente que se tiene de la creación del artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México se deriva la Ley Ingrid, la cual surgió a raíz de la difusión indebida en las redes sociales y medios de comunicación de las imágenes de un feminicidio ocurrido en febrero del 2020, por la divulgación masiva del cuerpo mutilado de Ingrid que conmovió a la sociedad se exigió que pararan las imágenes”, dijo.

En ese artículo, contempla el delito de utilización indebida de información contenida en la investigación de carácter penal que sanciona a servidores públicos, de procuración y administración de justicia por hacer uso indebido de material relacionado con cadáveres de víctimas.

Dijo que su propuesta atiende lo observado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, eliminando la taxatividad que prevalecía en la redacción invalidada, reincorporando el artículo 227 Bis y adicionando la fracción 16 del artículo 335 correspondiente al delito abuso de autoridad, ambos en el Código Penal del Estado de México.

Así, la propuesta considera sancionar al que por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe, imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que éstos presentan. Por lo que se propone endurecer las penas de prisión y multa. Dicha iniciativa será robustecida con las propuestas de las y los legisladores.