DEBATE
Por Roberto Desachy Severino
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Poder Judicial Puebla, bajo la lupa por el caso Zavala-MonzónCuando le pregunté a un amigo abogado qué significaba que el Poder Judicial Puebla haya ordenado CANCELAR la condena por violencia familiar contra el ex secretario de Gobernación estatal y ex candidato del PRI al gobierno de Puebla, Javier López Zavala y reponer el procedimiento, su respuesta me dejó helado:
-Le están (el Poder Judicial) haciendo un guiño a él y a sus abogados, les dan chance de presentar nuevas pruebas de descargo, convencer a testigos de que se desistan de sus señalamientos, se supone que inicia todo de nuevo para ambas partes, pero en la práctica esto beneficia a los indiciados: https://desdepuebla.com/2025/11/13/lopez-zavala-seguira-en-prision-aunque-el-tribunal-superior-de-justicia-anuncio-reposicion-del-procedimiento/
-Le están diciendo a Zavalita que sí se puede, me respondió.
-¿Que sí lo pueden liberar, después de que la Fiscalía General del estado(FGE) decía tener pruebas, testigos y todo contra López Zavala?, le cuestioné
Este abogado – experto en varias materias, como penal, fiscal e, incluso, política- se río, me palmeó la espalda y concluyó:
-El próximo año es el mundial de fútbol en México y la gente va a andar metida en esos temas. La fiscalía puede creer que cuenta con todos los elementos, para condenar a un indiciado, pero, si los testigos de cargo se retractan, la defensa tiene más tiempo para aportar elementos y desaparecen las pruebas…
¿DE VERAS PIENSAN LIBERAR A ZAVALITA?
El pasado 31 de mayo, parecía avanzar la solución al asesinato de la política, activista y madre de uno de los hijos de López Zavala, Cecilia Monzón, cuando se dictaron seis años de sentencia al ex candidato del PRI al gobierno de Puebla en 2010 por el delito de violencia familiar: https://desdepuebla.com/2025/05/27/javier-lopez-zavala-culpable-de-violencia-familiar-contra-cecilia-monzon/
En ese momento, daba la impresión de que la justicia en Puebla sí podía aplicarse contra un político adinerado, influyente y poderoso, pero, cinco meses después, lo que habían sido porras al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se volvieron sospechas y asco cuando –como ya se señaló – anuló la condena y ordenó reponer el proceso, aunque después lo haya vuelto a encontrar culpable: https://desdepuebla.com/2025/11/24/28-de-noviembre-se-definira-sancion-a-lopez-zavala-por-violencia-familiar/
A estas alturas, queda claro que Zavalita cuenta con RECURSOS Y ABOGADOS ILIMITADOS y que sus chicharrones –y los de sus protectores – siguen tronando en el TSJ, que ha permitido dilaciones y triquiñuelas legales, que todavía mantienen SIN CONDENA al ex secretario de Gobernación, pese a que el homicidio ocurrió hace tres años y medio: https://desdepuebla.com/2023/01/23/siguen-en-curso-investigaciones-por-el-feminicidio-de-cecilia-monzon-pese-a-liberacion-de-barcena-salomon/
Aunque inicialmente me negaba a creer que López Zavala podría ser declarado inocente, después de que la FGE aseguró contar con testigos, pruebas y todo lo necesario, para probar su presunta culpabilidad en el homicidio de su ex pareja, Cecilia Monzón, recordó lo que mi amigo abogado me comentó:-Peores cosas se han visto en el Poder Judicial de Puebla y otros. Acuérdate que los testigos se echan para atrás o sufren accidentes raros y que mucho de la ley y las presuntas pruebas es interpretativa.
EL INTRINCADÍSIMO Y AL CONTENTILLO (PARA LOS ACUSADOS) SISTEMA JURÍDICO POBLANO
Aunque el costo político y social de liberar a Zavala sería enorme, incluso con alcances internacionales por los orígenes y vínculos de la víctima y su familia con España, los poderes judiciales de Puebla e, incluso, México han dado MUESTRAS CONTUNDENTES de podredumbre, manipulación y corrupción: https://desdepuebla.com/2024/06/17/pri-morena-y-hasta-el-poder-judicial-de-puebla-salpicados-por-la-basura-de-emiliano-vazquez-en-zapotitlan-de-mendez/
La reposición de procedimiento es garante de los derechos del imputado en materia penal en el cumplimiento en estricto apego al procedimiento que marca la norma, por lo que en términos prácticos beneficia al presunto culpable, pues, al reponer el procedimiento el presunto tiene oportunidades de replantear su defensa, así como de esgrimir hechos y circunstancias antes no vertidas pruebas y testigos en cambio la autoridad lleva un apego riguroso al debido proceso el cual debe constar en las diferentes etapas procesales
La reposición del procedimiento en el sistema acusatorio penal de México procede cuando se detectan irregularidades que afectan el desarrollo adecuado del juicio, como la incorrecta integración del tribunal de enjuiciamiento. Por ejemplo, en casos de delitos con prisión preventiva oficiosa, el tribunal debe actuar de manera colegiada y no unitaria, y si esto no se cumple, puede ordenarse la reposición del procedimiento desde el auto de apertura a juicio hasta la explicación de la sentencia, para respetar derechos y garantías procesales.
Esta reposición tiene como fin asegurar que el proceso se lleve conforme a las normas establecidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) y en la legislación aplicable para mantener la validez del juicio oral y la correcta impartición de justicia.
FUNDAMENTO Y PROCEDIMIENTO DE REPOSICIÓN
– La reposición procede cuando se determina, por ejemplo, que el tribunal actuó de manera unitaria cuando debió hacerlo colegiadamente, como se exige en delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
– Esta medida busca corregir violaciones procesales que afectan derechos fundamentales, garantizando que las etapas del juicio, desde la apertura hasta la sentencia, se lleven adecuadamente.
– Está regulada por el CNPP y se aplica en la fase intermedia o durante el juicio oral, según el caso, para corregir deficiencias en la integración o actuación del tribunal.
CONTEXTO JURÍDICO
– La integración del tribunal de enjuiciamiento debe ser colegiada en ciertos casos, según disposiciones como las del Acuerdo General 18-40/2019 del Consejo de la Judicatura de Ciudad de México.
– La reposición del procedimiento puede ordenarse en el juicio de amparo directo cuando se advierten estas irregularidades, permitiendo que se repita desde la fase afectada.
– La reposición no debe considerarse una carga para las partes, sino una forma de asegurar la correcta impartición de justicia en el sistema acusatorio, basado en la oralidad, contradicción y publicidad.
Este mecanismo es esencial para preservar el debido proceso en el sistema penal acusatorio mexicano y proteger el derecho a un juicio justo. Así, la reposición del procedimiento corrige actos procesales viciados para cumplir con los principios constitucionales y procesales aplicables en materia penal en México.
Estas bases legales y prácticas se encuentran desarrolladas en sentencias y criterios del Poder Judicial federal y en normativas que regulan la materia penal acusatoria en México.





