SCJN niega que TEPJF pueda frenar suspensiones contra reforma judicial 

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó este jueves, por mayoría de votos, que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no tiene competencia para frenar suspensiones judiciales como las interpuestas por dos jueces de Jalisco y Michoacán que buscaban frenar el proceso electoral de ministros, jueces y magistrados.

Asimismo, ordenó a dichos juzgadores revisar después de que se notifique la sentencia, las suspensiones que emitieron en contra de la elección judicial y en caso de ser ilegales, eliminarlas.

El proyecto que estuvo a cargo del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, fue aprobado con mayoría de siete votos.

De esta manera, la Suprema Corte determinó que las sentencias SUP-AG-209/2024, SUP-AG-632/2024 y acumuladas, y SUP-JDC-8/2025 y acumuladas de la Sala Superior del Tribunal Electoral son opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo.

La SCJN explicó que el Tribunal Electoral no está facultado para resolver suspensiones judiciales como lo hizo al echar abajo los juicios de amparo promovidos por el juez primero de Distrito de Michoacán, Sergio Santamaría Chamú; y la jueza sexto de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, María Gabriela Ruíz Márquez.

Finalmente, se eliminó la parte del proyecto que proponía exhortar a las autoridades federales a acatar las suspensiones de amparo.