SIN TON NI SON
- Francisco Javier Escamilla
- 5 febrero, 2025
- Columnas
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Francisco Javier Escamilla Hernández
Estoy haciendo una investigación en donde intervienen actores de comunidades pequeñas y otras autoridades de poblaciones más grandes. Las reglas a las que se sujetan estas comunidades suelen ser muy distintas a las leyes del derecho positivo al que muchos de nosotros estamos acostumbrados, por ello, en esta ocasión voy a abordar el tema de Derecho Consuetudinario frente al Derecho Positivo:
El derecho consuetudinario y el derecho positivo son dos sistemas normativos fundamentales en la historia y el desarrollo del derecho, aunque se distinguen notablemente en su origen, naturaleza y aplicación. Ambos buscan regular la convivencia social, pero lo hacen de maneras muy distintas.
El derecho consuetudinario se basa en las costumbres, tradiciones y prácticas sociales aceptadas por una comunidad a lo largo del tiempo. Surge de forma espontánea y no está necesariamente codificado. Su legitimidad radica en la repetición constante de ciertos comportamientos que son reconocidos como obligatorios por la comunidad. Un ejemplo clásico de derecho consuetudinario son las normas tribales o indígenas, que reflejan los valores y creencias tradicionales de dichas sociedades. Este sistema es flexible, ya que se adapta a las necesidades y cambios culturales de las comunidades en las que opera. Sin embargo, una de sus principales limitaciones es su falta de claridad y universalidad, pues lo que puede ser considerado una costumbre en una región puede no serlo en otra.
Por otro lado, el derecho positivo es aquel que emana de la autoridad legislativa y se encuentra codificado en normas y leyes específicas. Se caracteriza por ser sistemático, explícito y escrito, lo que facilita su interpretación y aplicación. Este tipo de derecho es creado deliberadamente por órganos de poder, como parlamentos o congresos, y se fundamenta en principios racionales que buscan garantizar la igualdad y la justicia en una sociedad moderna. Ejemplos de derecho positivo son las constituciones, los códigos civiles y penales, y las leyes promulgadas por un estado. Aunque su carácter formal le confiere estabilidad, puede resultar rígido, ya que no siempre se adapta con rapidez a los cambios sociales o culturales.
La principal diferencia entre ambos sistemas radica en su fuente. Mientras el derecho consuetudinario proviene de las prácticas sociales y su aceptación implícita, el derecho positivo se origina en la voluntad de una autoridad legislativa. Además, el consuetudinario es dinámico y local, mientras que el positivo busca ser universal y uniforme dentro de un territorio. No obstante, ambos pueden coexistir y complementarse, como sucede en algunos sistemas jurídicos mixtos, donde las costumbres son reconocidas como fuentes válidas del derecho siempre que no contradigan las leyes positivas.
En conclusión, aunque el derecho consuetudinario y el derecho positivo difieren en su origen y aplicación, ambos cumplen la función esencial de regular la conducta humana y promover el orden social. Su equilibrio y coexistencia reflejan la diversidad y la complejidad de las sociedades modernas.
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