Ley y Realidad
Por: Iñigo Cantú
Las Leyes Secundarias de la Reforma Judicial
El pasado 5 de diciembre el Senado aprobó los dictámenes que armonizan las reformas constitucionales relacionadas con el Poder Judicial; será turno de los diputados aprobar en sus términos los dictámenes o modificarlos.
Los dictámenes aprobados se refieren a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a la Ley de Carrera Judicial y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Además de la evidente armonización que dichos dictámenes suponen a la reforma a la Constitución Federal, se crean algunos conceptos nuevos, se otorgan facultades de investigación, imposición de sanciones y persecución y se protegen derechos adicionales;
Por lo que hace a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, además de la armonización se incluye lenguaje incluyente, se incluyen grupos que históricamente no habían tenido visibilidad. Se adiciona el concepto “buena administración” como parte de la actuación de los nuevos juzgadores enfatizando el derecho humano a que los asuntos comunes y colectivos estén ordenados de forma y manera que prime un ambiente de bienestar general e integral para el pueblo en su conjunto. (senado)
La necesidad de incluir en el catalogo de normas observables y obligatorias para todos los servidores públicos el conocimiento real del código de ética y todos los ordenamientos de integridad en beneficio de México.
Se otorgan facultades de investigación y de imposición de sanciones al Tribunal de
Disciplina Judicial tanto de la federación como de las entidades federativas según el caso.
En relación con las reformas a la Ley de Carrera Judicial, además adecuar el texto y armonizarlo con la reforma constitucional, se reconoce la labor y protege los derechos de los actuales servidores públicos, se enfatiza el profesionalismo, la imparcialidad, la ética, la excelencia, la objetividad, independencia y paridad de género específicamente otorgando un enfoque de igualdad sustantiva que evite la violencia de género, se crea título especializado en el combate al nepotismo y un título cuarto para combatir el hostigamiento sexual.
Finalmente se institucionaliza la escuela de Nacional de Formación Judicial, integrando a los conocimientos de dicha institución a servidores públicos que no pertenezcan al poder judicial y se establecen algunas otras responsabilidades administrativas a los servidores públicos.
Finalmente, por lo que hace a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, primero además de los órganos que ya existían se crean el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial, los cuales combatirán la corrupción, la impunidad, el nepotismo y negligencia del Poder Judicial, a través de reglas claras (senado).
En ambos casos se les otorga autonomía técnica y en ambos casos buscarán la eficiencia del poder judicial y perseguirán los malos manejos la corrupción y las malas prácticas.
Toca esperar a los Diputados, pero como lo he dicho en otros artículos. El cambio al poder judicial es un hecho y todos los mexicanos tenemos nuestra esperanza en que los mismos nos den un poder judicial fortalecido y eficiente.
Ig. @leyyrealidad