Ley y Realidad
Ley y Realidad Por Iñigo Cantú
La Reforma al Poder Judicial que podría pasar
Hoy miércoles 11 de septiembre amanecimos con la aprobación de la reforma al poder judicial de la federación.
Se reformaron varios artículos constitucionales, sin embargo, en mi opinión el artículo 96 es el que genera todas las polémicas ya que los demás son adecuaciones o actualizaciones, salvo algunas excepciones que mencionaré más adelante.
Para abreviar el tamaño de este texto pido que se considere que en toda referencia a los cargos o personas, me refiero a todos los géneros con terminaciones a, o, e y x existentes en nuestro país y anticipo disculpas a quien se sienta no incluido, les pido que TODOS, TODAS, TODES y TODXS sepan que participan del texto pero solo escribiré en el genérico.
Reforma del artículo 96 de la constitución federal:
Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Magistrados de la Sala Superior del INE y Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre y secreta conforme al siguiente procedimiento:
El Senado publicará la convocatoria la integración de las candidaturas de los cargos sujetos a elección que el órgano de administración judicial haga de su conocimiento, 30 días posteriores al primer periodo de sesiones del año previo a la elección.
Los poderes de la unión postularán el número de candidaturas que corresponda a cada cargo, conforme a lo siguiente:
Deberán establecer mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos y accesibles que permitan la participación de todas las personas que además de que acrediten los requisitos legales, que envíen 5 cartas de referencia de vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad y un ensayo con las razones que justifiquen su postulación.
Cada poder integrará un comité de evaluación e identificará a los mejor evaluados.
Los Comités de Evaluación integrarán un listado de los 10 mejor evaluados para cada cargo para ministros de la SCJN y Magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral y 6 para el resto y, posteriormente, dichas listas serán depuradas para su aprobación y envío al senado.
El Senado recibirá y enviará al INE el 12 de febrero del año de la elección la lista depurada para que éste organice el proceso electivo.
El INE, llevará a cabo y terminará el proceso antes de que el Senado instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda fecha en la que los aspirantes tomarán posesión de su encargo ante dicho órgano legislativo.
Para Ministros de la SCJN y Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral e integrantes del Tribunal de disciplina Judicial la elección será nacional y:
El Presidente de la República postulará hasta 3 aspirantes.
La Cámara de Diputados 1 aspirante. (votaciones calificada 2 tercios de sus integrantes)
La Cámara de Senadores 2 aspirantes. (votaciones calificada 2 tercios de sus integrantes).
El Pleno de la Suprema Corte 3 aspirantes. Por mayoría de votos.
Para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito la elección se realizará por Circuito Judicial.
El presidente postulará 2 aspirantes por cada cargo.
El Legislativo postulará una persona por cada cámara por cargo (votación calificada).
La SCJN postulará 2 aspirantes por cada cargo (votación por mayoría)
El proceso electoral iniciará el 7 de septiembre del año anterior a la votación y los candidatos tendrán derecho a tiempos de radio y Televisión de manera igualitaria y podrán participar en foros de debate organizados por el INE y en foros gratuitos organizados por el sector público, privado o social en condiciones de equidad.
Prohibido el financiamiento publico y privado y la contratación de spots en cualquier medio, ni partidos políticos ni servidores públicos podrán realizar actos de proselitismo en favor o en contra de ningún candidato.
60 días de campaña no habrá precampaña.
Los Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, durarán en su encargo 9 años y si podrán ser reelectos en el mismo circuito.
La SCJN se integrará por 9 ministros (no 11 como hasta ahora) y durarán 12 años en su encargo y no 15 años como hasta ahora. Y NO podrán ser reelectos.
El contenido de los demás artículos, como anticipé, solo adecua algunos puntos, se mantiene la prohibición declarar inconstitucionales reglas generales para efectos generales a las declaradas inconstitucionales en amparo siguiendo el principio violador de derechos humanos de relatividad de las sentencias (ya hablé de esto en otras columnas de este espacio) y de la no suspensión de reglas generales en procesos de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad.
Mi opinión: El presidente de la república insiste, con razón, en que debido a la actual corrupción que impera en el poder judicial, es inminente e imprescindible reformarlo, en eso coincido y, agregaría que, lo mismo pasa en los otros dos poderes de la unión; hay que reformar al poder legislativo con urgencia y al ejecutivo también.
Hoy México vive una crisis de seguridad, de corrupción y de competitividad y me parece que tomar medidas drásticas para mejorar las instituciones es una buena idea. Sin embargo, la reforma al poder judicial es una cortina de humo. Sé que quien me lea tal vez piense que el Estado de derecho radica en el poder judicial, no obstante, como dije en mi columna de la semana anterior, el poder judicial efectivamente tiene grandes juzgadores, pero también está tomada, en gran medida, por la corrupción y el nepotismo, eso no podemos negarlo. Es decir, no tenemos el poder judicial incólume y eficaz que tanto defienden, ni creo que después de la reforma dejará de serlo en su totalidad. Lo realmente preocupante desde mi punto de vista, es que no se haya evitado con la misma fuerza y rigor la eliminación de los contrapesos y órganos autónomos. El INAI, la COFECE, el IFT, instituciones que, con retos y áreas de oportunidad, fueron organismos que contribuyeron al reforzamiento del Estado de Derecho de nuestro país, servían para que la gente supiera de escándalos de corrupción como la estafa maestra, segalmex la casas blanca y gris, servían para evitar monopolios o al menos generar dificultades para instituirlos, a que se abarataran las telecomunicaciones y hubiera más competencia en dicho sector.
Considero que la reforma al poder judicial debió llevarse a cabo, no con la prisa con que se hizo, ni ignorando a todas las voces, pero tampoco creo que sea un absoluto presagio de despedida de la democracia como se ha dicho en algunos medios y sectores, confío en que, quienes se postulen, sean verdaderos enamorados del derecho, de la justicia y de México y que el proceso sea verdaderamente transparente y equitativo, y que quienes tomen los puestos claves actúen con independencia, seriedad y altura técnica y no solo con dogmas, obediencia, ignorancia y pasiones.
Ahora, la reforma al poder judicial, al menos en su esencia, tiene elementos que podrían fortalecer el estado de derecho, sin embargo, lo que más me preocupa es, ¿Cómo lograremos que la falta de órganos autónomos como el INAI, la COFECE o como el IFT, refuerce el Estado de Derecho y la seguridad en nuestro amado país? o fortalezca los contrapesos y detone realidades, su desaparición, debilitó el Estado de Derecho mexicano, la falta de contrapesos otorgó facultades magnánimas al poder ejecutivo, facultades plenipotenciarias a la presidente entrante.
Antes y después de la reforma al poder judicial, si un juez condenaba a un delincuente o líder de la delincuencia organizada, la Ley de Amnistía le otorga a la jefa del ejecutivo federal la posibilidad de indultar a quien sea, con la reforma o sin ella con qué fundamento podrá un ciudadano demandar que una autoridad autorizó o negó a un grupo a unirse a otros y así evitar monopolizar una industria, sector o mercado relevante si no habrá acto de autoridad que impugnar pues no existe autoridad que regule dichos actos y, en consecuencia no habrá acto de autoridad que impugnar.
Si un operador o concesionario de frecuencias de telecomunicaciones limita su uso a otros operadores u obtiene concesiones anticompetitivas y encarece el servicio y elimina a la competencia, si ya no hay órgano regulador que limite dichos actos y haga cumplir reglas, ¿qué caso le llevaremos al Juez? si el emisor, el convocante y el operador son la misma persona. En fin, ante la falta de órganos autónomos, la competitividad, libertad y limitación de poder se termina, los asuntos ni siquiera llegarán al poder judicial, de ahí que la reforma apenas votada sea lo de menos, nuestro Estado de Derecho terminó cuando se acabaron los contrapesos, cuando se otorgó mayoría calificada a un solo partido limitando así la posibilidad de negociación.
México es hoy un adolescente que se está encontrando a sí mismo, ojalá las decisiones que nuestros gobernantes están tomando hoy, no sean un dolor de cabeza mañana, que darle poderes máximos a unos pocos hoy, no nos quite la posibilidad de que nuestros hijos vivan en un país libre y democrático mañana, TODOS somos mexicanos no solo 628 legisladores, no solo 11 ministros no solo una Presidente. Todos queremos vivir mejor, disfrutar la vida, ser libres, que se acaben los clasismos porque todos somos clase media y no porque todos somos pobres. México tiene que crecer… ¡México tiene que despertar!
Ig. @leyyrealidad