NORMATIVIDAD DEL SECTOR AGUA Y LA DIRECCIÓN DE LOS ORGANISMOS OPERADORES

En columnas anteriores hemos tratado la importancia del liderazgo que debe de ejercer el director general de un organismo operador. Desde luego que este liderazgo busca generar acciones en pro de la mejora de los servicios prestados a la ciudadanía e incrementar la recaudación, pero siempre dentro del marco legal aplicable.
Las leyes que regulan la actuación de las dependencias gubernamentales delimitan y establecen las acciones que deben realizar los funcionarios públicos. A diferencia de las anteriores, las que aplican a la ciudadanía indican puntualmente que acciones son ilegales y las sanciones que les aplican. Para el primer caso, se tiene a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
La situación del agua en nuestro país amerita un marco regulatorio completo, pero sobre todo se requiere su aplicación, pero para ello se debe iniciar por su cumplimiento a pesar de la máxima “el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”.
Para el caso de un Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, he realizado un análisis del marco legal que aplica y mi conclusión es que su director general tiene que atender las disposiciones de cerca de 200 leyes, códigos, reglamentos, normas y disposiciones. Desde luego que, para ello, contará con el apoyo de sus directores y área jurídica, pero no en todos los casos se cuenta con el personal idóneo y lamentablemente las faltas son frecuentes. También debemos recordar que las multas no se pagan a partir del presupuesto de la dependencia, sino que será del propio pecunio del funcionario responsable de la falta, que acorde a lo establecido por lo general en el Reglamento Interior, es el propio director general, de ahí la importancia de que conozca las generalidades del marco legal que regula su actuación.
El agua está considerada desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hasta disposiciones emanadas de planes de desarrollo, reglamentos vecinales y desde luego en la “Cultura del Agua”.

PIENSA GLOBALMENTE, ACTÚA LOCALMENTE
El Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de México, consciente de la importancia de contar con funcionarios que conozcan, apliquen y respeten el marco legal del sector hídrico, ha organizado el curso “Normas Técnicas del Sector Agua” dirigido a los nuevos funcionarios públicos que se incorporarán a las administraciones municipales, empleados de gobierno, ambientalistas, estudiantes de ingeniería o carreras afines y público en general, mismo que será impartido por su servidor.
Reciban un abrazo de su amigo, Luis Eduardo Mejía Pedrero. Comentarios al correo [email protected] Instagram @mejiapedrero Twitter @cuencalerma o por Facebook.