Senado prohíbe por ley los “chanclazos”
- Fernanda Medina González
- 28 noviembre, 2019
- Nacional e Internacional
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Ciudad de México.-Con 114 votos a favor, el pleno del Senado prohibió por ley el uso de manazos, nalgadas, cachetadas y cualquier tipo de violencia física que se utilice en la crianza de menores de edad, asimismo, con 113 votos a favor, avaló una reforma constitucional para garantizar el derecho al desarrollo integral de la juventud.
En el dictamen de la reforma a la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el Senado establece que el castigo corporal y otras forma humillantes de castigo son todavía utilizadas como medios de disciplina.
Refiere que en México, seis de cada diez niñas, niños y adolescentes, de entre uno y 14 años, han experimentado algún método de disciplina violenta.
La presidenta de la Comisión de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota, informó que Unicef afirma que la incidencia de niñas que son asesinadas en sus casas es cuatro veces mayor que el de varones; según cifras de Inegi, entre 2012 y 2017 fueron asesinados casi dos mil 600 menores de 15, 42% de ellos a manos de algún familiar en sus hogares o por maltrato.
En tanto, al presentar la reforma en materia de juventud, Lilia Margarita Valdez afirmó que el objetivo del dictamen es reconocer el derecho de los jóvenes a un desarrollo integral y contar con un normatividad que les otorgue protección efectiva.
El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para la revisión. Este proyecto de secreto adiciona un párrafo segundo al artículo 44 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
La propuesta fue presentada por la Senadora Nestora Salgado García, de Movimiento Regeneración Nacional, el pasado 9 de abril de 2019.
El artículo 44 señala que “corresponde a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guardia y custodia de niñas, niños y adolescentes, la obligación primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su desarrollo”.
No obstante, a adición al artículo señala que “queda prohibido el uso del castigo corporal en todos los ámbitos, como método correctivo o disciplinario a niñas, niños y adolescentes”.
La iniciativa de nada en el artículo 4 de la Constitución, que establece que debe velarse por el principio del interés superior de la niñez garantizando de manera plena sus derechos.