Ratifica SCJ suspensión contra padrón de telefonía móvil

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó indefinidamente la suspensión emitida contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
El fallo a favor del Instituto Federal de Telecomunicaciones reafirmó que es necesario esperar a que el caso se resuelva de fondo por parte del alto tribunal y se establezca si el PANAUT es constitucional o no.
Al ratificar esta decisión, la mayoría de cuatro ministros de la primera sala de la Corte desechó por improcedente el recurso de reclamación interpuesto por el jefe del ejecutivo federal en contra de la suspensión concedida al IFT a mediados de este año, días después de que este organismo promovió una controversia constitucional contra la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
Entre los argumentos utilizados por los ministros para reafirmar la suspensión destaca que la medida no daña ni la seguridad ni la economía del país y solo busca proteger que a la parte actora no se le generen daños irreparables. También se advierte que la suspensión no causa daños a la sociedad.
En consecuencia, el Instituto Federal de Telecomunicaciones no está obligado por el momento a echar a andar el padrón de usuarios hasta saber lo que resuelvan de manera definitiva los ministros en el pleno de la Corte.
En mayo pasado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones interpuso una controversia constitucional en contra de dicho registro, el cual obliga a crear una base de datos biométricos de los usuarios de telefonía celular con el argumento de combatir delitos como el secuestro y extorsión.
De acuerdo con el Instituto lo mandatado por el congreso de la unión afecta su autonomía presupuestal al responsabilizarlo de llevar a cabo todo lo necesario para la creación del padrón, además de que se relaciona directamente con la vigencia de los derechos humanos al condicionar el acceso a los servicios de telecomunicaciones si es que no se proporciona la información biométrica del usuario.