Bando Municipal, marco normativo de Atizapan
- Irma Eslava
- 8 febrero, 2021
- Municipios
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Atizapan, Méx.- En el marco del acto conmemorativo por el 104 Aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, la Alcaldesa Ruth Olvera Nieto develó el Bando Municipal 2021.
Entre sus modificaciones y adiciones más relevantes destaca el cumplimento de las medidas sanitarias que determinen las autoridades competentes en caso de contingencia.
Olvera Nieto, consideró este día de gran trascendencia política y legal para los atizapenses, toda vez que “el Bando Municipal” dijo, es nuestro marco normativo que estipula los ordenamientos necesarios para que prevalezca orden, paz y gobernabilidad en la demarcación”.
En el marco de la ceremonia conmemorativa, llevada a cabo en el Patio Central del Palacio Municipal, el Secretario del Ayuntamiento, Francisco Espinosa de los Monteros, realizó un resumen de las reformas y agregados más relevantes del Bando Municipal 2021.
En este sentido, resaltó que en el Artículo 16, que define la integración de nuestro municipio, se sumó la Zona Arqueológica de Madín-Calacoaya.
En el artículo 24 se estableció que los habitantes del municipio y visitantes tendrán la obligación de cumplir con las medidas sanitarias que determinen las autoridades competentes en caso de contingencia, como el uso correcto del cubrebocas y, en su caso, equipo de protección personal, para minimizar los riesgos de infección.
En este sentido, será facultad de Seguridad Pública vigilar y verificar dicho cumplimiento, realizando el exhorto, más no sanciones, a fin de evitar cualquier abuso por parte de los uniformados.
Espinosa de los Monteros, refirió que la mayor reforma al Bando Municipal fue la incorporación del Artículo 66, que establece que todas las unidades económicas tienen la obligación de aplicar las medidas sanitarias cuando se permita su funcionamiento en una situación de emergencia, a fin de proteger al personal y los clientes.
Detalla que deberán adoptar como mínimo las siguientes medidas: Disminución del aforo en al menos un 50 por ciento respecto al autorizado en la licencia; garantizar una sana distancia de al menos 1.5 m entre los usuarios; permitir el acceso a los clientes sólo de manera individual salvo casos en que se justifique; abstenerse de permitir el acceso a personas que incumplan; evitar las aglomeraciones al interior y exterior de la unidad económica, entre otras.