Solicita FGJEM emitir ficha roja para ubicar a alcalde de Toluca
- Ventura Rojas Garfias
- 27 noviembre, 2023
- Estado de México
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Toluca, Méx.- Después de que un juez de Control Especializado en Línea, emitió una orden de aprehensión en contra de Raymundo “N” por su posible intervención en el delito de secuestro exprés,la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, FGJEM, ha solicitado a la Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales e Interpol México, la publicación de la “Ficha Roja” para dar con su paradero, así como al Instituto Nacional de Migración una Alerta Migratoria en caso de que intente salir del país.
Tras los hechos ocurridos el pasado 12 de abril, cuando presuntamente por instrucciones de Raymundo “N”, policías municipales del ayuntamiento de Toluca, habrían ingresado sin mandamiento judicial alguno o causa justificada, a las oficinas particulares de la persona con iniciales O.E.R.C. y lo habrían privado de su libertad para posteriormente trasladarlo a las instalaciones de la Oficialía Calificadora municipal, donde lo mantuvieron en cautiverio.
Dichos actos fueron denunciados ante el Agente del Ministerio Público por la hija de la víctima, quien se identificada con las iniciales D.V.R.R., misma que en aquellos momentos sostenía una relación conyugal con Raymundo “N”, originando que se iniciará también una investigación con perspectiva de género por presunta violencia física, emocional y sexual.
Ya obtenido el mandamiento judicial, elementos la Fiscalía mexiquense, con apoyo de fuerzas federales llevaron a cabo diversas acciones operativas el pasado viernes 24 de noviembre en Toluca y municipios aledaños para cumplimentar la orden de aprehensión en contra de Raymundo “N”, quien se desempeña como presidente municipal de la capital mexiquense.
Para cumplimentar la orden de aprehensión, fueron realizados tres cateos, dos de estos en el municipio de Toluca y otro en Metepec, así como despliegues en las inmediaciones del Palacio Municipal y del Centro de Comando y Control (C2) del Ayuntamiento donde laboran los investigados.
Al no ubicar en estos lugares al investigado, se le considera a Raymundo “N” sustraído de la acción de la justicia con fundamento en lo establecido en el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Por lo que toda persona que brinde refugio, oculte o facilite la fuga de algún probable responsable de delito diverso con el propósito de que este no enfrente la justicia, estaría cometiendo el ilícito de encubrimiento, el cual será sancionado en términos de lo establecido en el artículo 149 del Código Penal vigente en la entidad, pena que se agrava hasta en una mitad en caso de que sea cometido por un servidor público.
La Fiscalía General de Justicia del Estado de México continúa con las investigaciones que conlleven a la ubicación y aprehensión de Raymundo “N” y seis investigados más, no obstante se les debe considerar inocente hasta que exista una sentencia de condena en su contra.