Endurece UAEM sanciones por acoso y hostigamiento

Toluca, Méx.- El rector de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), Alfredo Barrera Baca, aseguró que, la actual administración responde a las legítimas exigencias de los colectivos feministas, por ello, impulsó la reforma al Estatuto Universitario con el objetivo de reforzar la prevención, atención y sanción de cualquier tipo de violencia, particularmente contra las mujeres.
Al presidir la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario, en la que se aprobó por unanimidad dicha reforma, Barrera Baca, destacó que de esta manera se asegura un marco jurídico que responda al contexto actual y garantiza la sanción, destitución de acosadores y hostigadores sexuales.
El rector universitario, aseguró que esta reforma es la respuesta más comprometida a las expresiones, señalamientos y demandas de los colectivos feministas y alumnos paristas, quienes por medio de pliegos petitorios y tendederos de denuncias manifestaron el hartazgo y rechazo a la violencia contra las mujeres al interior de las aulas.
Subrayó que el motivo principal de las reformas y adiciones a los títulos primero, segundo y tercero del Estatuto Universitario es comprometer a la comunidad verde y oro a prevenir y combatir la violencia de género, así como, comprometer a cada universitario a construir una cultura de paz, justicia, equidad y respeto.
Entre las reformas destacan la creación del artículo 43 Bis. en el título segundo del Capítulo VII, referente a señalar con precisión las faltas a la responsabilidad universitaria para el alumnado y personal académico como son: acoso sexual, hostigamiento sexual, bullying, ciberbullying, cosificación, mobbing, violencia de género, violencia digital, violencia física, violencia psicológica, violencia sexual, discriminación por cualquier motivo, robo y maltrato.
Asimismo, introducir, portar o consumir bebidas alcohólicas, narcóticos, enervantes o cualquier otra sustancia no autorizada en las instalaciones universitarias, tratos inhumanos, crueles o degradantes, coartar la libertad de expresión, uso indebido de datos personales y cualquier otra conducta que vulnere derechos humanos y universitarios.
En el artículo 47, que señala las sanciones impuestas al personal académico, destacan la adición de la inhabilitación definitiva y la destitución. Se prevé que de incurrir en las faltas señaladas en el art. 43 Bis. serán consideradas como graves y el personal académico que sea destituido de su cargo estará inhabilitado de forma permanente para desempeñar cualquier trabajo académico o administrativo en la UAEM.