Incumplimiento en investigación ministerial de desaparecidos será falta grave

Toluca, Méx.- La diputada Karina Labastida Sotelo, dijo que con la Ley sobre Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por particulares, se consideró la creación de un fondo estatal y equipos especializados para ubicar a las más de 7 mil 539 personas que no han sido localizadas en la entidad.
Así como se consideran faltas graves, el incumplimiento injustificado o la actuación negligente ante cualquier obligación relacionada con la búsqueda inmediata de personas, en la investigación ministerial, pericial y policiaca, así como en los procedimientos establecidos en los protocolos correspondientes.
La diputada dijo que los casos reportados de desaparición han ido en aumento en la entidad, de 911 reportados en 2012, se pasó a una cifra de 6 mil 471 en 2018, lo que habla de un repunte superior al 710 por ciento en los últimos siete años.
La nueva legislación elimina de la ley local el término “persona no localizada” previsto en la Ley General para garantizar que el Estado busque a las personas desaparecidas con todos los recursos que tiene a su alcance desde el momento de su desaparición.
Hoy las familias de los desaparecidos contarán con un instrumento que tendrá vida porque ellas la hicieron y sin duda renovará y fortalecerá la esperanza transformadora de la que ellas han sido y son parte fundamental.
En el caso de niñas, niños y adolescentes con reporte de desaparición, deben iniciarse de manera inmediata la carpeta de investigación, y la búsqueda especializada, y diferenciada, en su caso con perspectiva de género.
Algo importante es que se conformara el Consejo Estatal Ciudadano, que colabore con la Comisión de Búsqueda de Personas, y que estará integrado por familiares de personas desaparecidas, especialistas y representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos.
Y el Ejecutivo del Estado debe constituir un fondo para que la Comisión de búsqueda de Personas pueda contar con recursos, de manera inmediata, para la adquisición o arrendamiento de equipo que resulte necesario para llevar a cabo acciones de búsqueda de personas”, detalló la legisladora.
La ley establece la creación del Mecanismo Estatal de Coordinación en materia de Investigación y Búsqueda de Personas, regula la Comisión de búsqueda de personas del Estado de México y las células de búsqueda estatales y municipales.
Así como obliga a las autoridades municipales a crear sus células de búsqueda y a coordinarse con la Fiscalía para el resguardo de los cuerpos sin identificar, además crea el Registro Estatal de Personas Desaparecidas en la entidad que forma parte del Registro Nacional.